D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231123-57)
Convenio –  Convenio de 13 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Real Automóvil Club de España, para la organización del “Rallyshow Comunidad de Madrid-RACE” 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 187

Quinta
Justificación del gasto y pago
El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección General de Deportes en función de la justificación del gasto que el RACE deberá presentar a la conclusión del rally, antes
del 20 de diciembre de 2023 y que incluirá la cuenta justificativa de los costes sufragados para
el desarrollo de la prueba, recogidos en el desglose de gastos anteriormente indicado.

BOCM-20231123-57

La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar, de entre todos gastos correspondientes a las obligaciones que asume el RACE para la organización de la competición, algunos de los que se desglosan a continuación junto a sus importes estimados,
hasta la cantidad máxima prevista de 65.000 euros:
Esta cantidad máxima se corresponde con los siguientes conceptos de gasto, pudiendo
sufragar cualquiera de los gastos correspondientes a las obligaciones que asume el RACE
y que se desglosan, de forma orientativa, a continuación, junto a sus importes estimados:
— Personal de organización y control de accesos: 15.000 euros.
— Seguros de responsabilidad civil de los participantes: 3.300 euros.
— Derechos calendario Real Federación Española de Automovilismo, gestión plataforma web inscripciones: 6.800 euros.
— Libro de seguridad, marcaje de seguridad tramo y material: 16.500 euros.
— Comunicaciones, megafonía, proceso de datos, streaming, cronometraje online, servicios web, infografías digitales, controles informatizados de accesos, etc.: 12.000 euros.
— Médicos y ambulancias: 7.900 euros.
— Vehículos de rescate, bomberos y grúas: 2.500 euros.
— Comisarios: 5.500 euros.
— Personal de seguridad, vigilancia y control accesos: 6.500 euros.
— Servicios profesionales (jefe de prensa, ayudantes, foto-vídeo): 2.900 euros.
— Diseño de imagen, producción y publicidad: 7.700 euros.
— Imprenta, documentación de los participantes: 550 euros.
— Trofeos: 550 euros.
— Personal organización: hoteles, combustible y manutención: 850 euros.
— Alquiler de inodoros químicos, contenedores, pódium, maquinaria de adecuación
de pista, desmontajes, iluminación: 5.200 euros.
— Limpieza, adecuación aparcamiento y electricistas de guardia: 6.900 euros.
— Comidas personal y servicios seguridad: 1.150 euros.
— Mensajería: 350 euros.
— Total: 102.150 euros.
La cantidad máxima prevista se destinará a abonar los gastos de los conceptos anteriormente señalados. Pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo
de la prueba existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre las cantidades
previstas inicialmente para cada apartado, derivadas del número definitivo de participantes
o de la necesidad sobrevenida de otras partidas o gastos indispensables para el adecuado desarrollo de la competición, la distribución de los gastos a realizar por el RACE será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la estipulación segunda, siempre que quede justificada su necesidad, sean gastos imputables a los conceptos relacionados en esta
estipulación y no excedan de la cifra máxima de gasto. Asimismo, cualquier cambio en la
actividad prevista que afecte al coste de la misma y a la justificación posterior del gasto, deberá ser previamente autorizado por la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio.
El importe máximo se verá reducido en función del cumplimiento parcial o defectuoso de las obligaciones que constan en el presente convenio a cargo del RACE, o bien porque este obtenga otros ingresos que hagan alcanzar el coste total de la actividad.
La previsión de un máximo total se establece como garantía de un buen desarrollo de
la prueba, pero es de interés público que, si una vez desarrollada la competición, previas las
comprobaciones oportunas, se ha necesitado destinar menos medios de los inicialmente
previstos, ese importe máximo se reduzca de manera proporcional, siendo tan solo necesario pagar aquellos que excedan del funcionamiento ordinario del club y que se determinarán por el órgano competente del comité ejecutivo de la competición, mediante certificado
u otro documento válido en derecho.