C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231123-25)
Convenio colectivo – Resolución de 8 de noviembre de 2023, la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid, suscrito por la organización empresarial Asociación de Centros y Empresas de Hospitalización Privada de la Región Centro y por la representación sindical: la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Madrid de CC OO, UGT Servicios Públicos Madrid y FSES-SATSE (código número 28001575011982)
34 páginas totales
Página
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 279
abarcando desde las que requieren el más alto grado de especialización y conocimientos tecnificados y conlleven el mayor grado de responsabilidad y autonomía, hasta aquellas de carácter auxiliar
para las que solo se exija cualificación profesional elemental en unos casos, e inferior en otros.
ÁREA “C”: ÁREA DE SERVICIOS GENERALES
Comprensiva de aquéllas actividades no encuadradas en las anteriores áreas de actividad y que
abarcan todos aquellos servicios que demanda el normal funcionamiento de los centros, tanto si se
corresponden como si no, a un oficio determinado y englobando desde las más complejas organizativa y técnicamente para las que se exija estar en posesión de titulación y conocimientos específicos, máxima responsabilidad y alto grado de autonomía, como pueden ser las propias de organización de la actividad, inspección y control técnico de la misma, elaboración de proyectos e investigación de procesos, hasta aquellas otras que, siendo mera ejecución de lo anterior, no requiera
destreza o habilidad específica alguna.
Se subdivide en tres áreas concretas, a saber:
• Mantenimiento, Oficios y Servicios Técnicos.
• Lavandería y Planchado y Hostelería.
• Servicio de limpieza.
La Comisión Paritaria del Convenio, tendrá como función específica, el estudio y resolución de las
discrepancias que pudieran surgir en la adscripción de las antiguas categorías profesionales o de
las nuevas profesiones a los nuevos grupos profesionales.
ANEXO II
GRUPO
NIVEL
ÁREA
Médico/a
CATEGORÍA
V
-
B
Farmacéutico/a
V
-
B
Físico/a
V
-
B
Químico/a
V
-
B
Psicólogo/a
V
-
B
Licenciado/a
V
-
A
Arquitecto/a
V
-
A
Letrado/a
V
-
A
Ingeniero/a
V
-
A
Analista de sistemas
V
-
A
Analista
V
-
A
Administrador
V
-
A
Médico Jefe de Departamento
V
-
B
Subdirector administrativo
V
-
A
Director administrativo
V
-
A
Director médico
V
-
B
ATS/Enfermeros/Practicantes/as
IV
-
B
Matrona
IV
-
B
Fisioterapeuta
IV
-
B
Terapeuta ocupacional
IV
-
B
Maestro/a logofonía
IV
-
B
Maestro/a sordos
IV
-
B
Maestro/a
IV
-
B
Asistente social/Trabajador Social
IV
-
B
Profesor/a de educación física
IV
-
B
Ingeniero/arquitecto técnico
IV
-
A
Diplomado/a
IV
-
A
Titulado/a mercantil
IV
-
A
Graduado Social
IV
-
A
Programador/a
IV
-
A
Jefe de enfermería
IV
-
B
Supervisor/a
IV
-
B
Jefe de Sección
IV
-
A
Técnicos especialistas
III
-
B
Operador/a de ordenador.
III
-
A
Encargados/as de cafetería, economato, lavandería, almacén.
III
-
C
Oficial administrativo.
III
-
A
Jefe de negociado
III
-
A
Jefe de taller
III
-
C
Jefe de cocina
III
-
C
Dietista
III
-
B
BOCM-20231123-25
CUADRO DE ASIMILACIÓN DE CATEGORÍAS CON ÁREAS DE ACTIVIDAD
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 279
abarcando desde las que requieren el más alto grado de especialización y conocimientos tecnificados y conlleven el mayor grado de responsabilidad y autonomía, hasta aquellas de carácter auxiliar
para las que solo se exija cualificación profesional elemental en unos casos, e inferior en otros.
ÁREA “C”: ÁREA DE SERVICIOS GENERALES
Comprensiva de aquéllas actividades no encuadradas en las anteriores áreas de actividad y que
abarcan todos aquellos servicios que demanda el normal funcionamiento de los centros, tanto si se
corresponden como si no, a un oficio determinado y englobando desde las más complejas organizativa y técnicamente para las que se exija estar en posesión de titulación y conocimientos específicos, máxima responsabilidad y alto grado de autonomía, como pueden ser las propias de organización de la actividad, inspección y control técnico de la misma, elaboración de proyectos e investigación de procesos, hasta aquellas otras que, siendo mera ejecución de lo anterior, no requiera
destreza o habilidad específica alguna.
Se subdivide en tres áreas concretas, a saber:
• Mantenimiento, Oficios y Servicios Técnicos.
• Lavandería y Planchado y Hostelería.
• Servicio de limpieza.
La Comisión Paritaria del Convenio, tendrá como función específica, el estudio y resolución de las
discrepancias que pudieran surgir en la adscripción de las antiguas categorías profesionales o de
las nuevas profesiones a los nuevos grupos profesionales.
ANEXO II
GRUPO
NIVEL
ÁREA
Médico/a
CATEGORÍA
V
-
B
Farmacéutico/a
V
-
B
Físico/a
V
-
B
Químico/a
V
-
B
Psicólogo/a
V
-
B
Licenciado/a
V
-
A
Arquitecto/a
V
-
A
Letrado/a
V
-
A
Ingeniero/a
V
-
A
Analista de sistemas
V
-
A
Analista
V
-
A
Administrador
V
-
A
Médico Jefe de Departamento
V
-
B
Subdirector administrativo
V
-
A
Director administrativo
V
-
A
Director médico
V
-
B
ATS/Enfermeros/Practicantes/as
IV
-
B
Matrona
IV
-
B
Fisioterapeuta
IV
-
B
Terapeuta ocupacional
IV
-
B
Maestro/a logofonía
IV
-
B
Maestro/a sordos
IV
-
B
Maestro/a
IV
-
B
Asistente social/Trabajador Social
IV
-
B
Profesor/a de educación física
IV
-
B
Ingeniero/arquitecto técnico
IV
-
A
Diplomado/a
IV
-
A
Titulado/a mercantil
IV
-
A
Graduado Social
IV
-
A
Programador/a
IV
-
A
Jefe de enfermería
IV
-
B
Supervisor/a
IV
-
B
Jefe de Sección
IV
-
A
Técnicos especialistas
III
-
B
Operador/a de ordenador.
III
-
A
Encargados/as de cafetería, economato, lavandería, almacén.
III
-
C
Oficial administrativo.
III
-
A
Jefe de negociado
III
-
A
Jefe de taller
III
-
C
Jefe de cocina
III
-
C
Dietista
III
-
B
BOCM-20231123-25
CUADRO DE ASIMILACIÓN DE CATEGORÍAS CON ÁREAS DE ACTIVIDAD