C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231123-25)
Convenio colectivo –  Resolución de 8 de noviembre de 2023, la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector Establecimientos Sanitarios de Hospitalización, Asistencia, Consultas y Laboratorios de Análisis Clínicos de la Comunidad de Madrid, suscrito por la organización empresarial Asociación de Centros y Empresas de Hospitalización Privada de la Región Centro y por la representación sindical: la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Madrid de CC OO, UGT Servicios Públicos Madrid y FSES-SATSE (código número 28001575011982)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023

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Grupo II
Criterios generales
Tareas que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso, con
supervisión directa o sistemática, que exigen normalmente conocimientos profesionales de carácter elemental y aptitudes prácticas, o, en su defecto, un periodo breve de adaptación.
Formación
Titulación o conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión equivalentes a Graduado
en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico de grado medio o Técnico Auxiliar, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo.
Integrarán este grupo las siguientes antiguas categorías:













Auxiliar administrativo
Auxiliar de clínica/Auxiliar de Enfermería
Cocinero/a
Maquinista lavadero/a
Oficios (mecánico/a, pintor/a, fontanero/a, calefactor/a, albañil, carpintero/a, electricista).
Jardinero/a
Peluquero/barbero/a
Monitor/a (logofonía, sordos, educación física, ocupacional)
Conductor 1ª
Corte y costura
Camareros/as (cafetería)
Grupo III

Criterios generales
Trabajos de ejecución autónoma que exijan, habitualmente, iniciativa por parte de los trabajadores/as que los desempeñan, comportando bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos y
pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores/as.
También formarán parte de este grupo, todas aquellas funciones que, teniendo un contenido medio
de actividad intelectual y de interrelación humana, supongan la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores, en un estadio organizativo menor.
Formación
Titulación o conocimientos adquiridos en el desempaño de su profesión equivalentes a Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico de grado Superior o
Técnico Especialista, complementada con formación específica y/o experiencia dilatada en el
puesto de trabajo.
Integrarán este grupo las siguientes antiguas categorías:
Técnicos especialistas
Operador/a de ordenador.
Encargados/as de cafetería, economato, lavandería, almacén.
Oficial administrativo.
Jefe de negociado
Jefe de taller
Jefe de cocina
Dietista
Higienista Dental

BOCM-20231123-25