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Convenio –  Convenio de 8 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Arzobispado de Madrid, por el que se formaliza la concesión de una subvención directa por importe de 673.105 euros para la realización de actividades educativas durante 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2023

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4. En los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, prorrogados para el 2023 por el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los
presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor
de los presupuestos generales para 2023, se ha previsto un crédito de seiscientos setenta y
tres mil ciento cinco euros (673.105 euros) a favor del Arzobispado de Madrid. Conforme
a lo previsto en el artículo 4.5.c).3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, y en los artículos 22.2.a) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta subvención se concederá de forma directa mediante el presente convenio, en el que se establecen las condiciones particulares y obligaciones
que regularán la subvención.
Esta subvención se rige por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Reglamento de la misma aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
de Madrid, y en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
para la concesión de ayudas y subvenciones públicas en la Comunidad de Madrid.
5. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden 1155/2022 del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico de las subvenciones de carácter nominativo de la Secretaria General Técnica.
6. El Arzobispado es una entidad religiosa, con personalidad jurídica propia, que
promueve actividades culturales y educativas de diversa índole al servicio de los fines propios de la entidad.
7. El Arzobispado ha elaborado un programa de actividades para el año 2023, a través de las cuales alcanzará sus fines, siendo de interés para la Consejería, en virtud de las
competencias que le han sido atribuidas, participar en las actividades del Arzobispado, dada
la coincidencia de objetivos de ambas instituciones.
8. Esta subvención se tramita de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 4.5.c).3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
constando el informe del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de 5 de octubre
de 2023, justificativo de las razones de interés en su tramitación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.6 de la citada Ley.
9. En fecha 18 de octubre de 2023, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid autorizó la celebración de este convenio.
En virtud de lo anterior, las partes resuelven suscribir el presente convenio y en consecuencia acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención directa por
parte de la Comunidad de Madrid al Arzobispado de Madrid, para la realización de actividades educativas y formativas que promuevan la participación de personas o grupos, al
servicio de los fines de la citada entidad y de los intereses de la Comunidad de Madrid,
durante el año 2023.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid se compromete a aportar al Arzobispado de Madrid la
cantidad máxima de seiscientos setenta y tres ciento cinco euros (673.105 euros), para la financiación de las actividades que figuran como anexo I al presente convenio.
Las cantidades especificadas por cada partida relacionada en el anexo tienen carácter
orientativo pudiendo admitirse una variación en las mismas que no supere el 40 por 100 de
la cuantía inicial, compensando unas partidas con otras hasta alcanzar la cantidad máxima
subvencionada. Las variaciones superiores a ese porcentaje se deberán comunicar a la Consejería a los efectos previstos en la cláusula décima primera.
2. Esta aportación se realizará con cargo al subconcepto 48034 del Programa 321M
del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2023, conforme a lo establecido en la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de

BOCM-20231122-22

Cuantía y pago de la subvención