D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231121-38)
Convenio –  Convenio de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y Cruz Roja Española, por el que se regirá la subvención directa para financiar el desarrollo de actuaciones específicas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y de prevención y control de la infección por el VIH, dirigidas a grupos de población desfavorecida mediante una subvención por importe de 252.131 euros. Año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 227

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es establecer las condiciones particulares por las que
se regirá la subvención directa a favor de Cruz Roja Española para financiar el desarrollo
de actuaciones específicas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud dirigidas a grupos de población desfavorecida y contribuir a la prevención y control de la infección por el VIH en grupos de riesgo, con especial atención a personas con factores de riesgo predictores de mala adherencia al tratamiento.
Segunda
Cruz Roja Española se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el
artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
entre las que se encuentran:
1. El establecimiento y, en su caso, mantenimiento de, al menos, cuatro equipos técnicos, que de acuerdo con lo establecido en el punto 4 de esta cláusula segunda, realizarán
las intervenciones en unidades móviles que cuentan con los recursos materiales y humanos
recogidos en dicho punto 4, para realizar las acciones destinadas a la consecución de los objetivos propuestos:
1.1. Prevención de la enfermedad y promoción de la salud, dirigidas a colectivos
desfavorecidos de la Comunidad de Madrid, para lo que se realizarán al menos las siguientes actividades:
— Controlar la situación vacunal directamente o mediante derivación a los servicios
públicos para la vacunación según calendario infantil y del adulto.
— Crear actitudes que favorezcan la prevención de enfermedades transmisibles y
promover hábitos y estilos de vida saludables mediante actividades individuales y
grupales de educación para la salud. En la realización de estas actividades se tendrá en cuenta las actuaciones de prevención y promoción de hábitos y estilos de
vida saludables orientadas específicamente a niños, niñas y adolescentes y a sus
familias y se empleará un lenguaje comprensible, en formatos accesibles y adaptados en función de su edad y madurez.
— Promover entre mujeres embarazadas el seguimiento del embarazo, para facilitar,
en caso necesario, el acceso al tratamiento antirretroviral para evitar la transmisión madre-hijo/a.
— Colaborar en la detección precoz de enfermedades emergentes transmisibles.
1.2. Control de la adherencia al tratamiento antirretroviral, dirigido a población de
riesgo, con especial atención a personas con factores de riesgo predictores de mala adherencia al tratamiento, para lo que se realizarán al menos las siguientes actividades:
— Promover la adherencia al tratamiento antirretroviral según las características de
los sujetos. El tratamiento antirretroviral se realizará mediante tratamiento autoadministrado y supervisado o directamente observado.
— Colaborar, en los casos que cumplan los criterios establecidos, mediante TS o TDO
en el seguimiento del tratamiento antirretroviral, prescrito por personal médico de
un centro sanitario de la Comunidad de Madrid, para el control de la infección por
el VIH. Para ello será necesario establecer periódicamente contactos con el personal médico o de enfermería que ha derivado al o la paciente.
— El TDO y el TS se realizará con unidades móviles. En estos casos la medicación se
llevará periódicamente dejando las dosis diarias necesarias y se controlará que se
hayan tomado (TS) o se administrará en presencia física (TDO) donde el o la paciente se encuentre (domicilio, pensión o la propia calle, etc.).
— Asegurar que el o la paciente conoce todo lo referente a su enfermedad y facilitar
el acceso a todos los recursos sociales que ayuden a su inclusión social.
— Potenciar la autonomía de los y las adolescentes y su implicación en el tratamiento. Se tendrá en cuenta la adecuación a estos de la información relativa a su enfermedad y a los recursos sociales a su alcance.

BOCM-20231121-38

Compromisos de Cruz Roja Española