D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231121-39)
Convenio –  Convenio de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y Cruz Roja Española para la ejecución de actuaciones en materia de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y para el control de la tuberculosis en grupos de especial riesgo, mediante una subvención directa por importe de 150.450 euros. Año 2023
15 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 247

Décima
Reintegro de la subvención y régimen sancionador
Procederá el reintegro de la subvención en los supuestos del artículo 37 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 11 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y se aplicará, en su caso, el régimen sancionador contemplado en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 14 a 17 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Undécima
Protección de datos, confidencialidad y transparencia
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la
normativa nacional que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser publica según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada
normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos I y II
a este convenio.
Duodécima
Régimen jurídico
Este convenio se formula de conformidad, con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula con carácter básico la materia
convencional, y al amparo del artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios administrativos, las normas reguladoras de las subvenciones y demás que resulten aplicables, a las que se entiende absolutamente sometido.
Decimotercera
Las cuestiones litigiosas a que puedan dar lugar la interpretación o efectos del presente convenio serán resueltas en el seno de la comisión de seguimiento, y si no hubiera acuerdo las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y para que conste, en prueba de conformidad firman este convenio.
Madrid, a 2 de noviembre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de
Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por Cruz Roja Española, el Secretario, Francisco Gabriel
Sánchez Parodi.

BOCM-20231121-39

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