D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231121-39)
Convenio –  Convenio de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y Cruz Roja Española para la ejecución de actuaciones en materia de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y para el control de la tuberculosis en grupos de especial riesgo, mediante una subvención directa por importe de 150.450 euros. Año 2023
15 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 242

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 277

el que se aprueba el Reglamento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas en la
Comunidad de Madrid.
Por todo lo anterior, en uso de las atribuciones que por sus cargos tienen conferidas, se
suscribe el presente convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es establecer las condiciones particulares por las que
se regirá la subvención directa a favor de Cruz Roja Española, para financiar el desarrollo
de actuaciones específicas de prevención de la tuberculosis y la promoción de la salud.
Estas actuaciones se dirigen a población desfavorecida, que se encuentre en una difícil
situación socio-sanitaria, personas inmigrantes originarias de países con alta prevalencia de
tuberculosis, personas con factores de riesgo predictores de mala adherencia al tratamiento,
al objeto de prevenir y controlar la tuberculosis en grupos de riesgo.
Segunda
Cruz Roja Española se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el
artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
entre las que se encuentran:
1. Disponer de dos o más equipos técnicos para realizar las acciones destinadas a la
consecución de los objetivos propuestos:
1.1. Prevención de la enfermedad y promoción de la salud dirigidas a colectivos desfavorecidos de la Comunidad de Madrid, para lo que se realizarán las siguientes actividades:
— Controlar la situación vacunal directamente o mediante derivación a los servicios
públicos para la vacunación según calendario infantil y del adulto.
— Crear actitudes que favorezcan la prevención de enfermedades transmisibles y promover hábitos y estilos de vida saludables mediante actividades individuales y grupales de educación para la salud. En la realización de estas actividades se tendrá en
cuenta las actuaciones de prevención y promoción de hábitos y estilos de vida saludables orientadas específicamente a niños, niñas y adolescentes y a sus familias
y se empleará un lenguaje comprensible, en formatos accesibles y adaptados en
función de su edad y madurez.
— Desarrollar actuaciones de detección de infección tuberculosa mediante la intradermorreacción de Mantoux y en su caso, realizar el diagnóstico, tratamiento, seguimiento y estudio de contactos, directamente o mediante derivación.
— Colaborar en la detección precoz de enfermedades emergentes transmisibles.
1.2. Control de tuberculosis en población de riesgo, con especial atención a personas
con factores de riesgo predictores de mala adherencia al tratamiento, para lo que se realizarán, al menos, las siguientes actividades:
— Colaborar, en los casos que cumplan los criterios establecidos, mediante TDO en
el seguimiento del tratamiento farmacológico prescrito por personal médico de un
centro sanitario de la Comunidad de Madrid para la curación de la tuberculosis.
Para ello será necesario establecer periódicamente contactos con el personal médico o de enfermería que ha derivado al o la paciente.
— Realizar el TDO con unidades móviles. Se llevará la medicación y se administrará
en presencia física donde el o la paciente se encuentre (domicilio, pensión o la propia calle, etc.).
— Diagnosticar y tratar la infección tuberculosa en drogodependientes y en su caso,
realizar el seguimiento y estudio de contactos, directamente o mediante derivación. Según las características de los sujetos, la profilaxis se realizará mediante
tratamiento auto-administrado o directamente observado. El seguimiento se llevará a cabo a través de sucesivas citas médicas.

BOCM-20231121-39

Compromisos de Cruz Roja Española