D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231121-39)
Convenio –  Convenio de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y Cruz Roja Española para la ejecución de actuaciones en materia de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y para el control de la tuberculosis en grupos de especial riesgo, mediante una subvención directa por importe de 150.450 euros. Año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

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y g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Tercero
Que en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que se establecen las normas de ordenación de la Cruz Roja Española y en los estatutos de dicha institución, consta como finalidad de la misma, la participación y fomento en proyectos de prevención y promoción de la salud, con especial atención a colectivos y a personas más
desfavorecidas.
Cuarto
Que las Administraciones Públicas deben realizar actuaciones de prevención de la enfermedad y promoción de la salud específicamente dirigidas a colectivos desfavorecidos con el
apoyo de la sociedad civil, a través de sus organizaciones, siendo Cruz Roja Española una institución con probada experiencia en esta materia. A estos efectos la Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid y Cruz Roja Española suscribieron con fecha 3 de diciembre de 2002
un protocolo de colaboración en materia sanitaria, en el que se integra este convenio.
Quinto
Que la tuberculosis constituye un problema de salud pública en la Comunidad de
Madrid, afectando con especial crudeza a los colectivos más desfavorecidos desde el punto de vista social y sanitario.
Una de las bases en el control de la tuberculosis es la realización completa del tratamiento, en caso contrario se puede desarrollar tuberculosis resistente a fármacos, mucho
más difícil y costosa de tratar. Este problema surge mayoritariamente en situaciones de desestructuración familiar y social ya que los casos suelen encuadrarse entre los grupos de población desfavorecidos.
Para ello, el Tratamiento Directamente Observado (TDO) es un método probado y estandarizado y constituye una estrategia recomendada internacionalmente. El TDO está indicado en casos con incumplimiento previsible o cuando el fracaso del tratamiento representa un grave impacto en el entorno del o la paciente.

Que en la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para 2022, prorrogada para el año 2023 en virtud de lo dispuesto en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023, está previsto crédito, por
importe de 150.450,00 euros, destinado a Cruz Roja Española para el desarrollo de actuaciones en materia de prevención de la tuberculosis. Todo lo anterior se concede al amparo del
artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, al acreditarse razones
de interés público, social, económico o humanitario que dificultan su convocatoria pública.
Conforme a lo establecido en el artículo 4.6 de la citada Ley, con fecha 28 de abril
de 2023 el entonces Consejero de Sanidad, firma el preceptivo informe justificativo de la
concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento
de concesión directa.
Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 27 de septiembre de 2023 se ha
autorizado la celebración del presente convenio.
La misma subvención es recogida posteriormente en la Orden 332/2023, de 23 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Séptimo
Que esta subvención se rige por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por el reglamento de la misma, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, anteriormente citada, y por el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por

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