D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231121-54)
Convenio –  Convenio de 16 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y las Universidades públicas madrileñas, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 100.000 euros, para el desarrollo del “Programa de voluntariado internacional de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid” en el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 277

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE NOVIEMBRE DE 2023

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proyectos del Programa, de modo que quede constancia de que dichas actividades han sido
cofinanciadas por la Comunidad de Madrid.
Los contenidos de las publicaciones realizadas serán responsabilidad exclusiva de las
entidades beneficiarias y se elaborarán con pleno respeto a la intimidad y la protección de
los datos de las personas. Esta declaración de responsabilidad deberá constar en cualquier estudio, memoria, folleto informativo o documento que, en cualquier soporte, difunda el proyecto subvencionado. Igualmente se hará constar que la Comunidad de Madrid no asume
responsabilidad alguna sobre dichos contenidos.
Decimoséptima
Vigencia
El presente convenio tendrá vigencia de un año desde su firma. No obstante, una vez
concluido dicho plazo continuará vigente a los solos efectos del cumplimiento de la obligación de justificación, conforme a lo previsto en la cláusula de justificación de las actividades y de las aportaciones.
Decimoctava
Régimen jurídico y jurisdicción
El presente convenio tiene naturaleza administrativa de convenio subvención, otorgándose al amparo del artículo 4.5.c).3.o de Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, y siendo de aplicación al mismo la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno. Además,
le será de aplicación Ley 4/2021, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
para el año 2022, y demás normativa que sea de aplicación.
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en el artículo 48.7 de la citada Ley, esto es, en
todo lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido
del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, conforme a lo dispuesto en
el artículo 6.2 de esta norma.
Decimonovena
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y
cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en
materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad
que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el
encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en
las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a
los mismos. Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán tratados
conforme la normativa vigente, por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”. Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solici-

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