Alcalá de Henares (BOCM-20231120-38)
Urbanismo. Plan General Ordenación Urbana
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 161

SECCIÓN 2. REGIMEN Y DESARROLLO DEL PLAN
1.2.2

El presente texto del Plan General viene a sustituir a las Normas subsidiarias
vigentes hasta la aprobación definitiva de este documento de planeamiento, las
cuales fueron aprobadas por la Comunidad de Madrid en julio de 1984. A partir de
la aprobación inicial del PGOU, la concesión de licencia para cualesquiera de los
actos contemplados en la normativa, deberá satisfacer la de ambos documentos
mencionados, hasta el momento de la aprobación definitiva de este PGOU, en el
que se entenderán sustituidas las NNSS por este PGOU a todos los efectos no
sujetos a tratamiento transitorio.
1.2.3

El Plan se ha redactado de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente. Las
referencias a la Ley del suelo han de entenderse hechas al Texto Refundido de la
Ley sobre Régimen del suelo y Ordenación Urbana, aprobado por R.D. 1346/1976
de 9 de abril, y modificado por la Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del
Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo. Las referencias al Reglamento han
de entenderse hechas al Reglamento de Planeamiento aprobado por R.D. 2159/1978
de 23 de junio.
En lo no previsto por estas Normas y, en general, por el Plan, son de aplicación las
Normas vigentes en materia de vivienda, medio ambiente y estética, así como en
materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
1.2.4

El PGOU está integrado por los siguientes documentos:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.

Memoria de Ordenación.
Información Urbanística.
Anejos a la Memoria de Ordenación.
Normas Urbanísticas.
Anejos a las Normas Urbanísticas.
Planos de Ordenación.
Programa de Actuación y estudio Económico-Financiero.

1.2.5 Vigencia

BOCM-20231120-38

El PGOU tiene vigencia indefinida, una vez publicado el acuerdo de aprobación
definitiva. Procederá la revisión del Plan General siempre que se hayan de adoptar
nuevos criterios que afecten a la estructura general orgánica del territorio municipal,