C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231116-21)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1334/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica el plan estratégico de subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de mayo de 2020
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BOCM
Pág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 273
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1334/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, por la que se modifica el plan estratégico de subvenciones
de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020,
de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 12 de mayo de 2020.
Mediante la citada Orden 611/2020, de 5 de mayo, se aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, donde se recogen los aspectos
básicos inspiradores de la acción subvencionadora de la Consejería para dicho período,
dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 4 bis de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones Públicas de la Comunidad de Madrid.
El Plan se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como de la Ley 10/2019, de 1 de
abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, caracterizándose
como “información institucional, organizativa y de planificación” y debiendo ser objeto de
publicidad activa.
La Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, en uso de sus competencias
en materia de biodiversidad y flora y fauna silvestres, ha de modificar el epígrafe 38 del
anexo I, de conformidad con lo que se señala a continuación:
Mediante la aprobación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, se establecieron
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que se consideran las causas de mortandad no natural más frecuentes
de la avifauna. Desde entonces se han realizado actuaciones para la corrección de las líneas
eléctricas construidas antes de su aprobación, si bien estas resultan aún insuficientes.
En la Comunidad de Madrid se ha llevado a cabo la delimitación y aprobación de las
zonas de protección en su territorio, en las que desarrollar las medidas correctoras establecidas en el Real Decreto citado, mediante Resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección
General de Medio Ambiente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177,
de 27 de julio); además de haberse publicado diversas resoluciones por las que se identifican las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en aquellas zonas de protección que
no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de
agosto. De entre ellas, cabe destacar la de 23 de mayo de 2023.
Con el objeto de seguir impulsando la corrección de las líneas eléctricas para la protección de la avifauna, dentro del componente número 4: “Conservación y restauración de
ecosistemas y su biodiversidad” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
aprobado por el Gobierno de España, se prevé la adopción de medidas destinadas a la corrección de los tendidos de alta tensión peligrosos para las aves.
Así, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, en su reunión de 14 de abril de 2021,
adoptó el Acuerdo por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos a la aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
Para atender a esa finalidad correctora, se aprobó la Orden 3195/2022, de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 6 de octubre de 2022), por la que se establecieron las bases reguladoras y se convocaron para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las
líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008,
de 29 de agosto.
La experiencia adquirida en la tramitación de las subvenciones y los límites impuestos
en la normativa vigente aconsejan la simplificación y agilización del procedimiento, estableciendo un sistema de concurrencia no competitiva, para lo que es precisa la aprobación
de unas nuevas bases reguladoras que han de regir una nueva convocatoria de subvenciones para 2023.
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JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 273
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1334/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, por la que se modifica el plan estratégico de subvenciones
de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020,
de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 12 de mayo de 2020.
Mediante la citada Orden 611/2020, de 5 de mayo, se aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, donde se recogen los aspectos
básicos inspiradores de la acción subvencionadora de la Consejería para dicho período,
dando así cumplimiento a lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 4 bis de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones Públicas de la Comunidad de Madrid.
El Plan se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como de la Ley 10/2019, de 1 de
abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, caracterizándose
como “información institucional, organizativa y de planificación” y debiendo ser objeto de
publicidad activa.
La Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, en uso de sus competencias
en materia de biodiversidad y flora y fauna silvestres, ha de modificar el epígrafe 38 del
anexo I, de conformidad con lo que se señala a continuación:
Mediante la aprobación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, se establecieron
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que se consideran las causas de mortandad no natural más frecuentes
de la avifauna. Desde entonces se han realizado actuaciones para la corrección de las líneas
eléctricas construidas antes de su aprobación, si bien estas resultan aún insuficientes.
En la Comunidad de Madrid se ha llevado a cabo la delimitación y aprobación de las
zonas de protección en su territorio, en las que desarrollar las medidas correctoras establecidas en el Real Decreto citado, mediante Resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección
General de Medio Ambiente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177,
de 27 de julio); además de haberse publicado diversas resoluciones por las que se identifican las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en aquellas zonas de protección que
no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de
agosto. De entre ellas, cabe destacar la de 23 de mayo de 2023.
Con el objeto de seguir impulsando la corrección de las líneas eléctricas para la protección de la avifauna, dentro del componente número 4: “Conservación y restauración de
ecosistemas y su biodiversidad” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
aprobado por el Gobierno de España, se prevé la adopción de medidas destinadas a la corrección de los tendidos de alta tensión peligrosos para las aves.
Así, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, en su reunión de 14 de abril de 2021,
adoptó el Acuerdo por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos a la aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
Para atender a esa finalidad correctora, se aprobó la Orden 3195/2022, de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 6 de octubre de 2022), por la que se establecieron las bases reguladoras y se convocaron para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las
líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008,
de 29 de agosto.
La experiencia adquirida en la tramitación de las subvenciones y los límites impuestos
en la normativa vigente aconsejan la simplificación y agilización del procedimiento, estableciendo un sistema de concurrencia no competitiva, para lo que es precisa la aprobación
de unas nuevas bases reguladoras que han de regir una nueva convocatoria de subvenciones para 2023.
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