C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231116-22)
Concesión subvenciones –  Orden 3204/2023, de 27 de octubre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se conceden las subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el Programa para otorgar subvenciones a Entidades Locales para la ejecución de Proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 58

JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 273

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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ORDEN 3204/2023, de 27 de octubre, de la Consejera de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se conceden las subvenciones cuyo objeto y condiciones de otorgamiento se establecen en el Programa para otorgar subvenciones
a Entidades Locales para la ejecución de Proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2023.

Visto el Acuerdo de 30 de agosto de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa para otorgar subvenciones a Entidades Locales para la ejecución de Proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2023, y se autoriza un gasto de 16.957.276,66 euros
para la financiación de dicho programa.
Examinadas por la Dirección General competente en materia de Igualdad entre mujeres y hombres las solicitudes presentadas por las entidades locales de la región, en uso de
las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Primero
Beneficiarios
Otorgar subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el anexo I.a) de la
presente Orden, para la ejecución de proyectos en el marco del Plan Corresponsables 2023.
Las aportaciones económicas de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, destinadas a prestar apoyo financiero a las entidades locales de la Comunidad de
Madrid para que lleven a cabo actuaciones y prestaciones orientadas a facilitar la conciliación de las familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad mediante la creación de bolsas de cuidado profesional, la creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados y
la elaboración de planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los
hombres, dentro del marco del Plan Corresponsables del Ministerio de Igualdad, son las que
aparecen reflejadas en el anexo I.a) y se corresponden con las cuantías previamente autorizadas por el Consejo de Gobierno.
Segundo
Excluidos
Las entidades que han resultado excluidas al no cumplir alguno de los requisitos para el
otorgamiento de las ayudas recogidos en el apartado noveno del Programa o al no reunir los
requisitos para obtener la condición de beneficiario según el artículo 13 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aparecen reflejados en el anexo I.b).
Tercero
Minoraciones

Cuarto
Abono de las subvenciones
El abono de la subvención se realizará en un único pago, con carácter anticipado. De
conformidad con el artículo 10.1 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad de Madrid, se dispensa a las entidades locales beneficiarias de la constitución
de garantías para poder recibir los pagos a cuenta.

BOCM-20231116-22

Vista la documentación presentada por las entidades, y con el fin de evitar la doble financiación de los proyectos, se ha procedido a minorar el importe de la subvención de las
entidades y en las cuantías establecidas en el anexo I.c).