Colmenarejo (BOCM-20231115-43)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 189
BOCM-20231115-43
— De avocar en cualquier momento al delegación y las competencias atribuidas conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro decreto de Alcaldía dictado con
anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de competencias en
los citados concejales.
Sexto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contrario,
Séptimo.—Las presentes delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la
fecha de la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Colmenarejo, a 31 de octubre de 2023.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/18.451/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 189
BOCM-20231115-43
— De avocar en cualquier momento al delegación y las competencias atribuidas conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro decreto de Alcaldía dictado con
anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de competencias en
los citados concejales.
Sexto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contrario,
Séptimo.—Las presentes delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la
fecha de la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Colmenarejo, a 31 de octubre de 2023.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(03/18.451/23)
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ISSN 1989-4791