Colmenarejo (BOCM-20231115-43)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 272
5. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
6. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
7. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Educación:
1. Colaborar con los centros educativos en todas aquellas actividades propuestas en
coordinación con los Ampas y los equipos directivos.
2. Participar activamente en los consejos escolares.
3. Velar por el mantenimiento adecuado de los centros educativos en coordinación
con los concejalías de Obras y Servicios.
4. Coordinar y realizar un seguimiento activo de todas aquellas propuestas en materia educativa vinculada con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
7. Proponer, determinar y ejecutar las directrices de la política educativa del municipio, dentro de sus competencias, fomentando la escolarización de alumnos, el apoyo a la
educación y el mantenimiento de los centros educativos.
8. Desarrollar programas y actuaciones multidisciplinares a desarrollar en todos los
centros educativos, tanto de titularidad pública como privada.
9. Apoyar a la comunidad educativa mediante programas y proyectos que fomenten
las actividades educativas.
10. Estudio, desarrollo, ejecución y coordinación de Proyectos Educativos, Actividades Extraescolares, etc.
11. Seguimiento del programa municipal de apoyo y vigilancia de la escolarización
obligatoria.
12. Apoyar a los Centros educativos para mejora en la calidad de los servicios, con
becas, acuerdos de colaboración, etc.
13. Colaborar con la administración educativa en el establecimiento de las necesidades municipales en lo que respecta a la dotación de infraestructuras docentes.
14. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
15. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Turismo:
1. Formular propuestas en materia de turismo.
2. Señalar las directrices generales en materia de turismo.
3. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de la
competencia que se delega.
4. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
7. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Cuarto.—Las expresadas delegaciones genéricas lo son, sin perjuicio de la facultad de
la Alcaldía:
— De recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los
actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
— La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de transcendencia.
BOCM-20231115-43
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 272
5. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
6. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
7. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Educación:
1. Colaborar con los centros educativos en todas aquellas actividades propuestas en
coordinación con los Ampas y los equipos directivos.
2. Participar activamente en los consejos escolares.
3. Velar por el mantenimiento adecuado de los centros educativos en coordinación
con los concejalías de Obras y Servicios.
4. Coordinar y realizar un seguimiento activo de todas aquellas propuestas en materia educativa vinculada con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
7. Proponer, determinar y ejecutar las directrices de la política educativa del municipio, dentro de sus competencias, fomentando la escolarización de alumnos, el apoyo a la
educación y el mantenimiento de los centros educativos.
8. Desarrollar programas y actuaciones multidisciplinares a desarrollar en todos los
centros educativos, tanto de titularidad pública como privada.
9. Apoyar a la comunidad educativa mediante programas y proyectos que fomenten
las actividades educativas.
10. Estudio, desarrollo, ejecución y coordinación de Proyectos Educativos, Actividades Extraescolares, etc.
11. Seguimiento del programa municipal de apoyo y vigilancia de la escolarización
obligatoria.
12. Apoyar a los Centros educativos para mejora en la calidad de los servicios, con
becas, acuerdos de colaboración, etc.
13. Colaborar con la administración educativa en el establecimiento de las necesidades municipales en lo que respecta a la dotación de infraestructuras docentes.
14. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
15. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Turismo:
1. Formular propuestas en materia de turismo.
2. Señalar las directrices generales en materia de turismo.
3. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de la
competencia que se delega.
4. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
7. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Cuarto.—Las expresadas delegaciones genéricas lo son, sin perjuicio de la facultad de
la Alcaldía:
— De recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los
actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
— La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de transcendencia.
BOCM-20231115-43
BOCM