D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231115-34)
Convenio –  Convenio de 25 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 960.161,52 euros, para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este durante el año 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 272

A tal efecto, la Mancomunidad del Este está obligada a informar a la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de aquellas subvenciones recibidas y objeto de las
mismas.
Décima
Modificación de la subvención
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, y en todo caso
la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier Entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.
Undécima
Control de la subvención
La Mancomunidad del Este facilitará cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de Cuentas de la Comunidad de
Madrid, el Tribunal de Cuentas y otros órganos competentes y, en particular, la obligación
de asumir los extremos regulados en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid.
Duodécima
Comisión de seguimiento
Para la gestión y seguimiento del presente convenio se constituirá una comisión de seguimiento que será presidida por el Director General de Economía Circular o persona en
quien delegue y estará compuesta por dos miembros de la Dirección General de Economía
Circular y otros dos miembros designados por la Mancomunidad del Este.
Esta comisión es el instrumento acordado por las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y ejercerá sus funciones en atención a lo consignado en los artículos 51.2.c) y 52.3
del citado texto legal.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos, ostentando el Presidente de la Comisión el voto dirimente en caso de empate.
Decimotercera
Reintegro de la subvención y régimen de incumplimientos
El reintegro de la subvención se regirá por lo dispuesto en los artículos 36 y 37 y 38
de la Ley 38/2003.
De conformidad con el punto 11.o del Anexo 10 del Plan de gestión de Residuos domésticos y comerciales, “En todos los casos, las ayudas de la Comunidad de Madrid estarán condicionadas a una adecuada gestión de los residuos por parte de cada uno de los actores y en particular por el cumplimiento de lo establecido en el presente Plan”.
En el caso de que la Mancomunidad del Este no preste el servicio de forma total o parcial, atendiendo a la forma de pago expuesta en la cláusula sexta en relación a los pagos en
los plazos determinados, la Mancomunidad del Este deberá devolver el importe anticipado
con el recargo de los intereses de demora correspondientes.
Asimismo, serán infracciones administrativas las previstas en los artículos 56, 57 y 58
de la citada Ley 38/2003, así como el artículo 14 de la Ley 2/1995. El régimen de sanciones será el dispuesto en los artículos 59 a 63 de la Ley 38/2003, y 15 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo.

Causas y procedimiento de extinción del convenio
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto o por incurrir en causa de resolución.
Son causas de resolución:
a) Expiración del período de vigencia.
b) Decisión judicial declaratoria de su nulidad.

BOCM-20231115-34

Decimocuarta