D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231114-37)
Convenio –  Convenio de 25 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Sanders, para desarrollar el Programa de Intervención Socioeducativa Tic y Tac para la infancia y adolescencia en situación de desventaja, dificultad social y riesgo de exclusión social mediante la implantación e impulso del conocimiento y uso de las tecnologías de la información y comunicación y tecnologías para el aprendizaje y la comunicación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 271

La Fundación Sanders inició en el mes de diciembre del año 2011 un programa piloto,
Proyecto e-learning, en algunos centros del Programa I+I. Debido a los buenos resultados obtenidos en esta experiencia tanto para los niños como para sus familias, en noviembre de 2013
se formalizó un convenio con la Comunidad de Madrid para implantar el programa E-Learning en el Programa I+I “programa de intervención integral con menores en riesgo social”.
Desde entonces hasta ahora se ha mantenido e incrementado la colaboración con la administración autonómica mediante este programa que en la actualidad se está desarrollando en los
24 centros I+I y en los 55 Servicios de Prevención y del que se benefician casi 3.000 niños
anualmente en situación de riesgo o vulnerabilidad social. La Fundación también cuenta con
un Plan de Voluntariado, con el fin de aumentar los recursos personales para el desarrollo del
contenido digital y apoyo en la implantación del programa en los distintos centros.
Desde junio de 2019 que se suscribió el convenio cuya última prórroga finaliza el 31 de diciembre de 2023, hasta hoy se ha pasado de 11 centros I+I a 24 centros, incrementándose de 375
plazas a 759, lo que supone mas del doble. Igualmente, la red de Servicios de Prevención ha incrementado sus plazas en 2022, pasando de 1.912 a 1.917 y de 54 a 55 centros.
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.24 establece como competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid la protección y tutela de menores y desarrollo de políticas
de promoción integral de la juventud.
Que la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de derechos, garantías y protección integral de la
infancia y la adolescencia de la Comunidad de Madrid dispone en su artículo 6 que la Comunidad de Madrid velará por la inclusión social plena, activa y efectiva de todos los niños
con especial atención a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad y desarrollará políticas y actuaciones de lucha temprana contra la pobreza y la exclusión social de
los niños y sus familias a través de la adopción de medidas eficaces y concretas que garanticen el ejercicio de los derechos enunciados en la ley, eliminando la discriminación por razones sociales y económicas, posibilitando así su plena inclusión social.
Además, la Ley 4/2023, de 22 de marzo, recoge en su artículo 25 el derecho al desarrollo de la competencia digital y la ciudadanía digital, y al uso responsable y seguro de internet, la Comunidad de Madrid adoptará todas las medidas necesarias para desarrollar los
derechos de los niños en relación con el entorno digital, fomentará un acceso a internet asequible y de calidad, teniendo en cuenta la realidad específica de los entornos rurales y las
circunstancias de las personas con necesidades especiales, de los colectivos más vulnerables y de los entornos familiares y sociales económicamente desfavorecidos.
Por otra parte el artículo 71 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo dispone que la Comunidad
de Madrid y las entidades locales, directamente o en colaboración con las entidades del tercer
sector de acción social, priorizarán la prevención en sus políticas y planes de actuación en relación con la infancia y adolescencia a través del apoyo extraescolar para favorecer el éxito
educativo del alumnado, especialmente del social y económicamente más vulnerable y del desarrollo de actuaciones favorecedoras de la integración social de los niños en situación de inadaptación y vulnerabilidad social, y de prevención de las conductas antisociales, el fomento
de los valores y habilidades cooperativos, de solidaridad, no violencia y resolución de conflictos y la orientación para el uso adecuado del ocio, el tiempo libre, entre otras medidas.
Que el ámbito de colaboración entre las partes firmantes de este convenio, se atendrá a
lo previsto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de
modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a la Ley 4/2023,
de 4 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la infancia y la adolescencia de
la Comunidad de Madrid, Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de servicios sociales de la Comunidad de Madrid, a la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado Social en la Comunidad
de Madrid y a la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.
Que, teniendo en cuenta lo anterior, se pone de manifiesto el interés común de ambas
partes en la protección de los derechos de la infancia y adolescencia a través del desarrollo de
actuaciones favorecedoras del éxito educativo, de la integración social y del desarrollo personal y familiar de la infancia y adolescencia en situación de vulnerabilidad social,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en adelante La Consejería y la Fundación Sanders para

BOCM-20231114-37

BOCM