B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231108-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2650/2023, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 25
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición, y el total de la
misma.
— Calificaciones obtenidas en cada uno de los méritos de la fase de concurso, y el total de la misma.
— Calificación final del concurso-oposición.
2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.9 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021,
de 21 de julio.
Décima
Adjudicación de destinos y formalización de contratos
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por éstas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquéllos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes
de destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización de los
contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de
Madrid en la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área C),
todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de
aquéllos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración
de actividades en el sector público.
3. En el caso de que la plaza adjudicada implique contacto habitual con menores y
para el ejercicio de las funciones propias de la misma, se requerirá la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, todo ello de conformidad
con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
4. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán formalizar el correspondiente contrato de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar
que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
cómputo del plazo de dicha formalización cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.
Undécima
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b)
de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69
de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 25 de octubre de 2023.—La Directora General de Función Pública, por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (mediante Orden de 19 de julio
de 2022), María José Esteban Raposo.
BOCM-20231108-2
Recursos
B.O.C.M. Núm. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 25
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición, y el total de la
misma.
— Calificaciones obtenidas en cada uno de los méritos de la fase de concurso, y el total de la misma.
— Calificación final del concurso-oposición.
2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.9 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021,
de 21 de julio.
Décima
Adjudicación de destinos y formalización de contratos
1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo por parte de las personas que han superado el mismo y a la vista de la documentación presentada por éstas, y resultando, en todo caso, vinculante la petición de destinos que
hubieran formulado aquéllos, la Dirección General de Función Pública procederá a hacer
pública la adjudicación de destinos que, en su caso corresponda, mediante resolución que
será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes
de destino de las personas aspirantes seleccionadas, se procederá a la formalización de los
contratos con quienes han resultado adjudicatarios, como personal laboral de la Comunidad de
Madrid en la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área C),
todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, debiendo dichas unidades dar cumplimiento, con carácter previo a la firma de
aquéllos, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración
de actividades en el sector público.
3. En el caso de que la plaza adjudicada implique contacto habitual con menores y
para el ejercicio de las funciones propias de la misma, se requerirá la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, todo ello de conformidad
con el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de enero, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
4. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán formalizar el correspondiente contrato de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar
que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
cómputo del plazo de dicha formalización cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.
Undécima
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b)
de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69
de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 25 de octubre de 2023.—La Directora General de Función Pública, por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (mediante Orden de 19 de julio
de 2022), María José Esteban Raposo.
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