C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231108-25)
Concesión ayudas –  Orden 4163/2023, de 27 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2023 de las ayudas a los Ayuntamientos de la Región para colaborar en el sostenimiento de los Colegios Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil, o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 149

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 4163/2023, de 27 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2023 de las
ayudas a los Ayuntamientos de la Región para colaborar en el sostenimiento de
los Colegios Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación
Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria
Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil, o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa.

DISPONGO
Primero
Cuantía de las aportaciones
La cuantía de las aportaciones económicas de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades destinada a los Ayuntamientos de la región, que lo han solicitado al amparo

BOCM-20231108-25

La Orden 1438/2023, de 27 de abril, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, establece las bases reguladoras de la colaboración económica de la Comunidad de Madrid con los Ayuntamientos de la región para el sostenimiento de los colegios
públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en
su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta
o insuficiencia de oferta educativa.
Mediante la Orden 1970/2023, de 2 de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, se convocaron para el año 2023 estas ayudas y se estableció la cuantía máxima del crédito en 2023 para su distribución entre los Ayuntamientos solicitantes,
siendo su importe de 1.250.000 euros, así como los aspectos relativos al procedimiento, plazos y criterios de valoración.
La distribución de crédito que se indica en el artículo 5 de la Orden 1970/2023, de 2
de junio, recoge que, en caso de no resultar suficiente el crédito disponible para aplicar el
valor máximo en alguno de los módulos, se reducirá el módulo correspondiente de forma
proporcional. Dichas cantidades contribuirán a sufragar los gastos de mantenimiento, vigilancia y conservación de los citados colegios públicos concernidos en esta orden por parte
de los respectivos Ayuntamientos.
La comisión de valoración que se describe en el mismo artículo 5 de la Orden 1970/2023, de 2 de junio, y en el artículo 9 de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, ha
establecido que, para 2023, en el supuesto recogido en el artículo 2.1 de la citada Orden 1970/2023, de 2 de junio, el módulo por unidad que haya sido preciso poner en funcionamiento para impartir Educación Secundaria Obligatoria en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria será de 2.775,615 euros.
Por otra parte, para el supuesto recogido en el artículo 2.2 de la citada Orden 1970/2023, de 2 de junio, el módulo por unidad que haya sido preciso poner en funcionamiento para impartir primer ciclo de Educación Infantil en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria será de 4.500,00 euros.
Por último, el módulo anual por cada alumno escolarizado dentro del supuesto recogido en el artículo 2.3 supuestos a), b), c) de la citada orden será de 86,9560 euros y el módulo anual por cada unidad que haya sido preciso poner en funcionamiento en dichos supuestos será de 467,0455 euros.
En aplicación de los módulos y conceptos antes mencionados, el órgano instructor formuló la propuesta de resolución provisional, a la que los interesados no han presentado alegaciones. Por tanto, a la vista de dicha propuesta y en uso de las competencias atribuidas
por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,