C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231106-29)
Plan estratégico subvenciones – Orden 3988/2023, de 20 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 264
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
29
ORDEN 3988/2023, de 20 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo,
por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para
los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
Mediante Orden 1025/2023, de 28 de marzo, se aprobó el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, unificando en un único instrumento jurídico
todos los planes estratégicos de subvenciones cuya propuesta corresponde a los centros directivos adscritos a dicha Viceconsejería.
La Orden 2729/2023, de 26 de julio (corrección de errores Orden 3686/2023, de 25 de
septiembre), modificó la citada Orden al objeto de incluir en su anexo, en el epígrafe V relativo al ámbito de la educación concertada, becas y ayudas al estudio, un apartado más para
recoger la línea de ayudas individualizadas de desayuno escolar, destinada a los alumnos
de segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria de los centros sostenidos
con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno
escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la renta mínima de inserción o del ingreso
mínimo vital, durante el período lectivo del curso escolar.
A través de la presente Orden se propone de nuevo su modificación, al objeto de incluir, en dicho Anexo y epígrafe, otro apartado que recoja la línea de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad
de Madrid y la apertura de los colegios públicos los días no lectivos.
En su virtud, de conformidad con las competencias del artículo 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, a fin de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo,
DISPONGO
Primero
Se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, incorporando en el epígrafe V
relativo al ámbito de la educación concertada, becas y ayudas al estudio, un apartado que
recoja la línea de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares
en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos los
días no lectivos.
Segundo
Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en
el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 20 de octubre de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20231106-29
Tercero
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 264
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
29
ORDEN 3988/2023, de 20 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo,
por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para
los ejercicios 2023, 2024 y 2025.
Mediante Orden 1025/2023, de 28 de marzo, se aprobó el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, unificando en un único instrumento jurídico
todos los planes estratégicos de subvenciones cuya propuesta corresponde a los centros directivos adscritos a dicha Viceconsejería.
La Orden 2729/2023, de 26 de julio (corrección de errores Orden 3686/2023, de 25 de
septiembre), modificó la citada Orden al objeto de incluir en su anexo, en el epígrafe V relativo al ámbito de la educación concertada, becas y ayudas al estudio, un apartado más para
recoger la línea de ayudas individualizadas de desayuno escolar, destinada a los alumnos
de segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria de los centros sostenidos
con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno
escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la renta mínima de inserción o del ingreso
mínimo vital, durante el período lectivo del curso escolar.
A través de la presente Orden se propone de nuevo su modificación, al objeto de incluir, en dicho Anexo y epígrafe, otro apartado que recoja la línea de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares en colegios públicos de la Comunidad
de Madrid y la apertura de los colegios públicos los días no lectivos.
En su virtud, de conformidad con las competencias del artículo 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, a fin de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo,
DISPONGO
Primero
Se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, incorporando en el epígrafe V
relativo al ámbito de la educación concertada, becas y ayudas al estudio, un apartado que
recoja la línea de ayudas a ayuntamientos para la realización de actividades extraescolares
en colegios públicos de la Comunidad de Madrid y la apertura de los colegios públicos los
días no lectivos.
Segundo
Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.
Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en
el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 20 de octubre de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20231106-29
Tercero