San Fernando de Henares (BOCM-20231103-87)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM

VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 262

o Se modifica en el artículo 6, punto 4 segundo párrafo, la tarifa siendo esta de 115,00
€.
o Se modifican en el artículo 6, punto 5 las tarifas, quedando como siguen:
5.1 Garajes
d) Campas ………………………………………………….…….6,50 € / plaza
5.2 Piscinas Comunitarias
Tasa por Inspección Higiénico-Sanitaria en la reapertura de las piscinas
comunitarias, de obligado cumplimiento anualmente en la temporada de
verano……………………………………………………………………………150,00 €
5.3 Centros de Transformación
Por cada licencia solicitada de este tipo se satisfará una cuota de 650,00 € por
C.T.
5.4 Subestaciones
Por cada licencia solicitada de este tipo se satisfará una cuota que resulte de la
suma de las tarifas establecidas en función de la superficie afectada por la actividad de
acuerdo con el primer párrafo del articulo 6.2 y de una tarifa de potencia eléctrica de
1.910,00 € / MVA.
5.5 Instalaciones Frigoríficas y/o Caloríficas.
Instalación de equipos de aire acondicionado de hasta 2500 frig/h o cal./h..……62,50 €
Instalación de equipos de aire acondicionado de 2500 a 5000 frig/h o cal./h….100,00 €
Instalaciones superiores a 5000 frig/h o cal./h.
- acumulativa: cada tramo de 1000 frig/h o cal./h. o fracción…………...………18,75 €
1 frig/h equivale a 1,163 kW.
1000 cal/h: 1,16 W
1 W/h a 0,86 frig/h.
5.6 Instalaciones Fotovoltaicas
Instalaciones de 5 kW …………………………………………………………500,25 €
Instalaciones de 6 a 10 kW…………………………………………………….810,50 €
Instalaciones de 11 a 20 kW…………………………………………………1.060,50 €
Instalaciones de 21 a 30 kW…………………………………………………1.250,00 €
Instalaciones de 31 a 40 kW…………………………………………………1.500,00 €
Instalaciones de 41 a 50 kW…………………………………………………1.750,00 €
Instalaciones superiores a 50 kW
- acumulativa: cada tramo de 10 kW, o fracción..………………..……….…... 156,00 €
o Se modifica en el artículo 10, punto 1, cuarto párrafo, la tarifa pasando a ser de
205,00 €.
o Se modifica en el artículo 12, primer párrafo, la cantidad mínima pasando a ser de
50,00 €
o Se modifica en el artículo 13, punto 1, la tarifa siendo esta de 50,00 €.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID