San Fernando de Henares (BOCM-20231103-87)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
35 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 377
El centro municipal de empresas, en la idea de intentar ajustar los espacios a las
necesidades de las empresas, podrá dividir locales de 80m² en dos módulos de
aproximadamente 35 m.
TARIFA
TARIFA
REDUCIDA/
GENERAL EMPADRONADOS
**
Módulo de 35 m² compartido (la tasa incluye la
499,78 €
cuota de 20 euros/mes por gastos comunes, entre
536,80 €
los que se encuentran los servicios generales,
internet y suministro de energía eléctrica)
** O por similitud en el caso de personas jurídicas, que el domicilio que figura en el
CIF pertenezca al municipio.
Epígrafe 3º.- Precio/mes de la utilización de puestos de trabajo compartido con otros
profesionales en la sala de coworking.
Con el objetivo de facilitar espacios flexibles para el uso compartido por profesionales,
en la consideración de que compartir espacio físico favorece la colaboración y
aprendizaje mutuo y facilita el acceso a instalaciones de calidad, el Centro Municipal de
Empresas pone a disposición de profesionales autónomos, emprendedores y pymes
puestos de trabajo en un espacio compartido.
Cada puesto de trabajo incluye: mobiliario, conexión de los equipos informáticos,
consumo de agua y electricidad, gastos de mantenimiento y acceso a internet. También
podrán utilizar los servicios generales del centro (mencionados en el art.2) exceptuando
el aparcamiento. Se podrá contratar este servicio por mes completo, sin fianzas ni
compromisos de permanencia.
TARIFA
GENERAL
TARIFA
REDUCIDA/
EMPADRONADOS
**
116,06 €
Puesto de trabajo en espacio compartido
124,65 €
En los supuestos en que las circunstancias
13,61 € m²
concurrentes en los cesionarios hiciere 14,62 € m²
conveniente la modificación de superficies, la
tarifa será el resultado de repercutir:
** O por similitud en el caso de personas jurídicas, que el domicilio que figura en el
CIF pertenezca al municipio.
Los precios de los servicios complementarios y generales señalados en el artículo 2, se
entenderán incluidos dentro de las tarifas anteriores en los términos especificados en
esta Ordenanza.
BOCM-20231103-87
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B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 377
El centro municipal de empresas, en la idea de intentar ajustar los espacios a las
necesidades de las empresas, podrá dividir locales de 80m² en dos módulos de
aproximadamente 35 m.
TARIFA
TARIFA
REDUCIDA/
GENERAL EMPADRONADOS
**
Módulo de 35 m² compartido (la tasa incluye la
499,78 €
cuota de 20 euros/mes por gastos comunes, entre
536,80 €
los que se encuentran los servicios generales,
internet y suministro de energía eléctrica)
** O por similitud en el caso de personas jurídicas, que el domicilio que figura en el
CIF pertenezca al municipio.
Epígrafe 3º.- Precio/mes de la utilización de puestos de trabajo compartido con otros
profesionales en la sala de coworking.
Con el objetivo de facilitar espacios flexibles para el uso compartido por profesionales,
en la consideración de que compartir espacio físico favorece la colaboración y
aprendizaje mutuo y facilita el acceso a instalaciones de calidad, el Centro Municipal de
Empresas pone a disposición de profesionales autónomos, emprendedores y pymes
puestos de trabajo en un espacio compartido.
Cada puesto de trabajo incluye: mobiliario, conexión de los equipos informáticos,
consumo de agua y electricidad, gastos de mantenimiento y acceso a internet. También
podrán utilizar los servicios generales del centro (mencionados en el art.2) exceptuando
el aparcamiento. Se podrá contratar este servicio por mes completo, sin fianzas ni
compromisos de permanencia.
TARIFA
GENERAL
TARIFA
REDUCIDA/
EMPADRONADOS
**
116,06 €
Puesto de trabajo en espacio compartido
124,65 €
En los supuestos en que las circunstancias
13,61 € m²
concurrentes en los cesionarios hiciere 14,62 € m²
conveniente la modificación de superficies, la
tarifa será el resultado de repercutir:
** O por similitud en el caso de personas jurídicas, que el domicilio que figura en el
CIF pertenezca al municipio.
Los precios de los servicios complementarios y generales señalados en el artículo 2, se
entenderán incluidos dentro de las tarifas anteriores en los términos especificados en
esta Ordenanza.
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