Las Rozas de Madrid (BOCM-20231103-75)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 291
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Con fecha 9 de octubre de 2023 y número de registro en el Libro de Decretos 4250/2023,
el alcalde-presidente ha dictado el siguiente:
“Decreto
BOCM-20231103-75
Con fecha 1 de agosto de 2023 han sido nombradas dos nuevas directoras generales
(Turismo y Deportes y Ferias) y con fecha 22 de septiembre de 2023 ha sido nombrada otra
directora general (Medio Ambiente). Por ello, procede dictar nuevo decreto de delegación de
competencias en los directores generales, en el que, para mayor facilitad de consulta y mejorar la eficacia y eficiencia de los servicios, se incluyen las delegaciones ya efectuadas al resto de directores generales con fecha 7 de julio de 2023, dejando sin efecto el citado decreto.
En consecuencia, he resuelto:
Efectuar las delegaciones genéricas que se indican, en los titulares de las direcciones
generales que a continuación se relacionan; delegaciones que incluyen la facultad resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación,
sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A la titular de la Dirección General de Urbanismo, las siguientes facultades:
1. Tramitar, verificar, comprobar y emitir, en su caso, acto de conformidad sobre las
declaraciones responsables que habiliten actos de construcción, edificación, implantación,
desarrollo o modificación de actividades o cualquier otro acto de uso del suelo señalado en
el artículo 155 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, excepto las referidas al título habilitante de primera ocupación y funcionamiento.
2. Dictar órdenes de ejecución de obras de reparación o conservación y rehabilitación
de edificios y construcciones deterioradas o en condiciones deficientes para su uso efectivo
legítimo, salvo que dichas órdenes de ejecución traigan causa de una inspección técnica de
edificios o un informe de evaluación del edificio, así como la tramitación y declaración de la
situación legal de ruina urbanística y ruina física inminente de construcciones o edificaciones.
3. Dictar órdenes de protección y restablecimiento de la legalidad urbanística de edificaciones o usos del suelo sin título habilitante o sin ajustarse a sus condiciones, previa tramitación por la Asesoría Jurídica.
4. Declarar la caducidad de los títulos habilitantes urbanísticos objeto de su competencia y dictar resolución relativa a la pérdida o inexistencia de sus efectos.
5. Traslado y remisión de expedientes, certificados o documentación municipal en
materia de restablecimiento urbanístico al Registro de la Propiedad.
6. La aprobación de gasto correspondiente al Área de Urbanismo en la siguiente forma:
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 291
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
LAS ROZAS DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Con fecha 9 de octubre de 2023 y número de registro en el Libro de Decretos 4250/2023,
el alcalde-presidente ha dictado el siguiente:
“Decreto
BOCM-20231103-75
Con fecha 1 de agosto de 2023 han sido nombradas dos nuevas directoras generales
(Turismo y Deportes y Ferias) y con fecha 22 de septiembre de 2023 ha sido nombrada otra
directora general (Medio Ambiente). Por ello, procede dictar nuevo decreto de delegación de
competencias en los directores generales, en el que, para mayor facilitad de consulta y mejorar la eficacia y eficiencia de los servicios, se incluyen las delegaciones ya efectuadas al resto de directores generales con fecha 7 de julio de 2023, dejando sin efecto el citado decreto.
En consecuencia, he resuelto:
Efectuar las delegaciones genéricas que se indican, en los titulares de las direcciones
generales que a continuación se relacionan; delegaciones que incluyen la facultad resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación,
sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A la titular de la Dirección General de Urbanismo, las siguientes facultades:
1. Tramitar, verificar, comprobar y emitir, en su caso, acto de conformidad sobre las
declaraciones responsables que habiliten actos de construcción, edificación, implantación,
desarrollo o modificación de actividades o cualquier otro acto de uso del suelo señalado en
el artículo 155 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, excepto las referidas al título habilitante de primera ocupación y funcionamiento.
2. Dictar órdenes de ejecución de obras de reparación o conservación y rehabilitación
de edificios y construcciones deterioradas o en condiciones deficientes para su uso efectivo
legítimo, salvo que dichas órdenes de ejecución traigan causa de una inspección técnica de
edificios o un informe de evaluación del edificio, así como la tramitación y declaración de la
situación legal de ruina urbanística y ruina física inminente de construcciones o edificaciones.
3. Dictar órdenes de protección y restablecimiento de la legalidad urbanística de edificaciones o usos del suelo sin título habilitante o sin ajustarse a sus condiciones, previa tramitación por la Asesoría Jurídica.
4. Declarar la caducidad de los títulos habilitantes urbanísticos objeto de su competencia y dictar resolución relativa a la pérdida o inexistencia de sus efectos.
5. Traslado y remisión de expedientes, certificados o documentación municipal en
materia de restablecimiento urbanístico al Registro de la Propiedad.
6. La aprobación de gasto correspondiente al Área de Urbanismo en la siguiente forma: