D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231101-4)
Convenio – Convenio de 23 de octubre de 2023, entre la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia) y la Comunidad de Madrid, para el acceso al Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 260
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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CONVENIO de 23 de octubre de 2023, entre la Administración General del Estado
(Ministerio de Justicia) y la Comunidad de Madrid, para el acceso al Registro
Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
REUNIDOS
De una parte, por el Ministerio de Justicia, el Secretario de Estado de Justicia, D. Antonio Julián Rodríguez Esquerdo, nombrado en virtud del Real Decreto 1088/2021, de 7 de
diciembre, en nombre y representación del Ministerio de Justicia y en uso de las competencias que le corresponden en virtud del artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, por la Comunidad de Madrid, el Viceconsejero de Economía y Empleo,
D. Daniel Rodríguez Asensio, nombrado en virtud del Decreto 91/2023, de 5 de julio, del
Consejo de Gobierno, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 44.2.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y de conformidad a la delegación de competencias otorgada en el apartado Primero.1.d).2.o de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
1. El Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, atribuye a este Ministerio la competencia para la gestión integral de los registros administrativos de apoyo a
la actividad judicial y el desarrollo de su interconexión internacional. Corresponden a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia (en adelante,
DGTDAJ), de conformidad con el artículo 6 de ese Real Decreto, las siguientes funciones:
“d) La definición funcional de nuevos servicios digitales, o de la evolución de los ya
existentes, coordinando y recogiendo las distintas demandas y necesidades expresadas por los usuarios finales o por los responsables de estos servicios, su diseño, desarrollo y mantenimiento en el ámbito de competencias de la Administración de Justicia, así como su puesta a disposición a otros organismos públicos.
m) El diseño, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones y servicios digitales creados o implantados en el ámbito de competencias de la Administración General
del Ministerio de Justicia, así como su puesta a disposición a otros organismos
públicos, en coordinación con las directrices de la Subsecretaría del Departamento, sin perjuicio de las competencias de otras unidades y de la coordinación
con estas”.
En atención a sus competencias, la DGTDAJ ha desarrollado el Registro Electrónico de
Apoderamientos Judiciales (REAJ), que viene a dar cumplimiento a las previsiones legales
contenidas en los artículos 32 bis de la Ley 18/2011, de 5 de junio, reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, y 24.3 de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, permitiendo a los ciudadanos otorgar apoderamientos judiciales mediante comparecencia electrónica.
Por otro lado, a la Comunidad de Madrid le corresponde competencia de ejecución de
la legislación del Estado en materia laboral, de acuerdo con el artículo 28.1.12 de su Estatuto de Autonomía aprobado por Ley orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de acuerdo a la modificación realizada por la Ley orgánica 5/1998, de 7 de julio. Entre tales competencias se
encuentran, en materia de mediación, arbitraje y conciliación, las relativas a la conciliación
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MIÉRCOLES 1 DE NOVIEMBRE DE 2023
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4
CONVENIO de 23 de octubre de 2023, entre la Administración General del Estado
(Ministerio de Justicia) y la Comunidad de Madrid, para el acceso al Registro
Electrónico de Apoderamientos Judiciales.
REUNIDOS
De una parte, por el Ministerio de Justicia, el Secretario de Estado de Justicia, D. Antonio Julián Rodríguez Esquerdo, nombrado en virtud del Real Decreto 1088/2021, de 7 de
diciembre, en nombre y representación del Ministerio de Justicia y en uso de las competencias que le corresponden en virtud del artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, por la Comunidad de Madrid, el Viceconsejero de Economía y Empleo,
D. Daniel Rodríguez Asensio, nombrado en virtud del Decreto 91/2023, de 5 de julio, del
Consejo de Gobierno, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 44.2.a) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y de conformidad a la delegación de competencias otorgada en el apartado Primero.1.d).2.o de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir.
1. El Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, atribuye a este Ministerio la competencia para la gestión integral de los registros administrativos de apoyo a
la actividad judicial y el desarrollo de su interconexión internacional. Corresponden a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia (en adelante,
DGTDAJ), de conformidad con el artículo 6 de ese Real Decreto, las siguientes funciones:
“d) La definición funcional de nuevos servicios digitales, o de la evolución de los ya
existentes, coordinando y recogiendo las distintas demandas y necesidades expresadas por los usuarios finales o por los responsables de estos servicios, su diseño, desarrollo y mantenimiento en el ámbito de competencias de la Administración de Justicia, así como su puesta a disposición a otros organismos públicos.
m) El diseño, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones y servicios digitales creados o implantados en el ámbito de competencias de la Administración General
del Ministerio de Justicia, así como su puesta a disposición a otros organismos
públicos, en coordinación con las directrices de la Subsecretaría del Departamento, sin perjuicio de las competencias de otras unidades y de la coordinación
con estas”.
En atención a sus competencias, la DGTDAJ ha desarrollado el Registro Electrónico de
Apoderamientos Judiciales (REAJ), que viene a dar cumplimiento a las previsiones legales
contenidas en los artículos 32 bis de la Ley 18/2011, de 5 de junio, reguladora del uso de las
tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, y 24.3 de
la Ley de Enjuiciamiento Civil, permitiendo a los ciudadanos otorgar apoderamientos judiciales mediante comparecencia electrónica.
Por otro lado, a la Comunidad de Madrid le corresponde competencia de ejecución de
la legislación del Estado en materia laboral, de acuerdo con el artículo 28.1.12 de su Estatuto de Autonomía aprobado por Ley orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de acuerdo a la modificación realizada por la Ley orgánica 5/1998, de 7 de julio. Entre tales competencias se
encuentran, en materia de mediación, arbitraje y conciliación, las relativas a la conciliación
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