Villarejo de Salvanés (BOCM-20231030-98)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasas servicios públicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 258
Art. 16. Cuantía y devengo.—La cuantía de la tasa será la correspondiente al importe del coste del personal que preste el servicio, conforme a las retribuciones previstas en el
Presupuesto general anual correspondiente vigente en el momento del devengo.
En el supuesto de que el servicio sea prestado por personal voluntario, se calculará en
función de la retribución de un puesto equivalente en el presupuesto municipal.
A lo anterior habrá de añadirse el coste de los medios materiales empleados fijado por
el órgano municipal competente y el coste de las contrataciones realizadas por el Ayuntamiento para la prestación del servicio.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor de la presente Ordenanza deroga las siguientes ordenanzas fiscales:
— Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos
de 2008.
— Modificación ordenanza tasa expedición documentos (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 26 diciembre de 2012).
— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen de 29 de septiembre de 2005, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente ordenanza fiscal, una vez aprobada definitivamente entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será
de aplicación a partir de ese momento hasta que se acuerde su modificación o derogación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
BOCM-20231030-98
La fecha de aprobación definitiva y el comienzo de aplicación de la presente Ordenanza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1.c) del TRLHL, se especificará mediante
diligencia del secretario general de la Corporación.
Villarejo de Salvanés, a 17 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/17.577/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 258
Art. 16. Cuantía y devengo.—La cuantía de la tasa será la correspondiente al importe del coste del personal que preste el servicio, conforme a las retribuciones previstas en el
Presupuesto general anual correspondiente vigente en el momento del devengo.
En el supuesto de que el servicio sea prestado por personal voluntario, se calculará en
función de la retribución de un puesto equivalente en el presupuesto municipal.
A lo anterior habrá de añadirse el coste de los medios materiales empleados fijado por
el órgano municipal competente y el coste de las contrataciones realizadas por el Ayuntamiento para la prestación del servicio.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
La entrada en vigor de la presente Ordenanza deroga las siguientes ordenanzas fiscales:
— Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos
de 2008.
— Modificación ordenanza tasa expedición documentos (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 26 diciembre de 2012).
— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen de 29 de septiembre de 2005, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
La presente ordenanza fiscal, una vez aprobada definitivamente entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será
de aplicación a partir de ese momento hasta que se acuerde su modificación o derogación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
BOCM-20231030-98
La fecha de aprobación definitiva y el comienzo de aplicación de la presente Ordenanza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1.c) del TRLHL, se especificará mediante
diligencia del secretario general de la Corporación.
Villarejo de Salvanés, a 17 de octubre de 2023.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.
(03/17.577/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791