D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231028-7)
Convenio – Convenio de colaboración de 10 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación de Getafe para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023
b)
c)
d)
e)
Pág. 95
III. Facilitar los datos sobre la planificación que, desde la administración, se realizase sobre este tipo de procedimiento, la forma de inscripción y los puntos
de implementación de las actuaciones.
Resolver cualquier duda sobre la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción, así como los trámites administrativos para llevarla a cabo.
Verificar la participación de la Agencia de Colocación en las labores previstas en
el presente convenio
Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la agencia de colocación y al pago, ambas recogidas en la
cláusula quinta del convenio.
Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852.
Cuarta
Compromisos y obligaciones de contenido económico
1. La Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe realizará las actividades de información y orientación a través de medios propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro gasto que sea necesario para la consecución de los fines recogidos en el presente
convenio y que no estén cubiertos por la aportación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información del procedimiento en su página web y en sus instalaciones o por cualquier otro medio, conforme a las reglas de aplicación de los fondos del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. La Comunidad de Madrid aportará por la participación de la Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe para el desarrollo del presente convenio, la cantidad de 72,00 euros por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 14.400,00 euros (para una
previsión de 200 personas inscritas), según el siguiente desglose por anualidades:
— 2023: 5.400 euros, correspondiendo a 75 personas.
— 2024: 9.000 euros, correspondiendo a 125 personas.
Serán objeto de financiación las actuaciones que se realicen en el período de vigencia
del convenio. Se incluyen como tal, las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo señalado en la cláusula octava del presente convenio, siempre que las admisiones se produzcan, como máximo, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del convenio.
3. El convenio por importe máximo de 14.400,00 euros se financiará con cargo a la
partida 22801 del programa vigente 241.a, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, actuación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en
el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional”,
para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR), financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado Plan.
Quinta
Justificación de las actuaciones realizadas y pago
1. La justificación de las actuaciones, se realizará mediante la presentación de una
Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada período trimes-
BOCM-20231028-7
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023
b)
c)
d)
e)
Pág. 95
III. Facilitar los datos sobre la planificación que, desde la administración, se realizase sobre este tipo de procedimiento, la forma de inscripción y los puntos
de implementación de las actuaciones.
Resolver cualquier duda sobre la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción, así como los trámites administrativos para llevarla a cabo.
Verificar la participación de la Agencia de Colocación en las labores previstas en
el presente convenio
Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021,
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la agencia de colocación y al pago, ambas recogidas en la
cláusula quinta del convenio.
Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852.
Cuarta
Compromisos y obligaciones de contenido económico
1. La Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe realizará las actividades de información y orientación a través de medios propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro gasto que sea necesario para la consecución de los fines recogidos en el presente
convenio y que no estén cubiertos por la aportación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información del procedimiento en su página web y en sus instalaciones o por cualquier otro medio, conforme a las reglas de aplicación de los fondos del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. La Comunidad de Madrid aportará por la participación de la Agencia de Colocación Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe para el desarrollo del presente convenio, la cantidad de 72,00 euros por cada candidato inscrito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 14.400,00 euros (para una
previsión de 200 personas inscritas), según el siguiente desglose por anualidades:
— 2023: 5.400 euros, correspondiendo a 75 personas.
— 2024: 9.000 euros, correspondiendo a 125 personas.
Serán objeto de financiación las actuaciones que se realicen en el período de vigencia
del convenio. Se incluyen como tal, las solicitudes que se hayan presentado dentro del plazo señalado en la cláusula octava del presente convenio, siempre que las admisiones se produzcan, como máximo, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del convenio.
3. El convenio por importe máximo de 14.400,00 euros se financiará con cargo a la
partida 22801 del programa vigente 241.a, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, actuación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en
el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional”,
para alcanzar los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR), financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. La financiación se encuentra vinculada a alcanzar los resultados a obtener por el citado Plan.
Quinta
Justificación de las actuaciones realizadas y pago
1. La justificación de las actuaciones, se realizará mediante la presentación de una
Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada período trimes-
BOCM-20231028-7
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID