D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231028-5)
Convenio – Convenio de 6 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, para la difusión, información, asistencia y consulta, así como para la presentación electrónica de documentos en representación de terceras personas, en los programas de ayudas y subvenciones en materia de empleo y de servicios al empleador de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 67
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
5
CONVENIO de 6 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ilustre Colegio Oficial de
Gestores Administrativos de Madrid, para la difusión, información, asistencia y
consulta, así como para la presentación electrónica de documentos en representación de terceras personas, en los programas de ayudas y subvenciones en materia de empleo y de servicios al empleador de la Comunidad de Madrid.
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo de
la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno y de la delegación conferida, respecto de la firma de convenios, en el apartado primero 1.d) de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con la disposición
adicional tercera del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Fernando Jesús Santiago Ollero, en calidad de Presidente del Ilustre
Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, cargo para el que fue designado, según consta en los Libros de Actas, en Junta General Ordinaria del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid, celebrada el día 12 de enero de 2010, cargo que renovó en Junta
General Ordinaria celebrada el día 7 de febrero de 2014 y en Junta General Ordinaria celebrada el día 9 de enero de 2018, representación que ostenta en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 del Estatuto del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.
Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente
convenio, y, en consecuencia,
I. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.1.12 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad de Madrid la
competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral.
Por su parte el artículo 7.2 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, establece
que corresponde a las comunidades autónomas en su ámbito territorial el desarrollo de la
política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral de los programas y medidas que le hayan sido transferidos.
Según Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, corresponde a su titular el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las
políticas del Gobierno, entre otras materias, en trabajo y empleo.
Que de acuerdo con el artículo 27 del citado Decreto 234/2021, de 10 de noviembre,
la Viceconsejería de Empleo asume la directa responsabilidad de la ejecución de las actuaciones de la Consejería en materia de estrategias de empleo, políticas de fomento de empleo, trabajo, prevención de riesgos laborales y formación profesional para el empleo.
Que el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid, establece que corresponden a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, las competencias que actualmente ostenta.
Por Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Viceconsejería de Economía y Empleo, que asume las competencias de la extinta Viceconsejería de Empleo.
II. Que el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid es una corporación
de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 2/1974, de 13 de fe-
BOCM-20231028-5
EXPONEN
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
5
CONVENIO de 6 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ilustre Colegio Oficial de
Gestores Administrativos de Madrid, para la difusión, información, asistencia y
consulta, así como para la presentación electrónica de documentos en representación de terceras personas, en los programas de ayudas y subvenciones en materia de empleo y de servicios al empleador de la Comunidad de Madrid.
De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo de
la Comunidad de Madrid, en virtud de su nombramiento por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno y de la delegación conferida, respecto de la firma de convenios, en el apartado primero 1.d) de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con la disposición
adicional tercera del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Fernando Jesús Santiago Ollero, en calidad de Presidente del Ilustre
Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid, cargo para el que fue designado, según consta en los Libros de Actas, en Junta General Ordinaria del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid, celebrada el día 12 de enero de 2010, cargo que renovó en Junta
General Ordinaria celebrada el día 7 de febrero de 2014 y en Junta General Ordinaria celebrada el día 9 de enero de 2018, representación que ostenta en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 del Estatuto del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid.
Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente
convenio, y, en consecuencia,
I. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 28.1.12 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad de Madrid la
competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral.
Por su parte el artículo 7.2 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, establece
que corresponde a las comunidades autónomas en su ámbito territorial el desarrollo de la
política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral de los programas y medidas que le hayan sido transferidos.
Según Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, corresponde a su titular el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las
políticas del Gobierno, entre otras materias, en trabajo y empleo.
Que de acuerdo con el artículo 27 del citado Decreto 234/2021, de 10 de noviembre,
la Viceconsejería de Empleo asume la directa responsabilidad de la ejecución de las actuaciones de la Consejería en materia de estrategias de empleo, políticas de fomento de empleo, trabajo, prevención de riesgos laborales y formación profesional para el empleo.
Que el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid, establece que corresponden a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, las competencias que actualmente ostenta.
Por Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se crea la Viceconsejería de Economía y Empleo, que asume las competencias de la extinta Viceconsejería de Empleo.
II. Que el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid es una corporación
de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 2/1974, de 13 de fe-
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