C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231028-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valoriza Servicios Medioambientales, S. A. (Servicio de RSU, limpieza viaria, mantenimiento de papeleras y contenedores de Collado Villalba) (código número 28001721011983)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 257

SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 27

CONVENIO COLECTIVO
SERVICIO DE RECOGIDA DE RSU, LIMPIEZA VIARIA, MANTENIMIENTO
DE PAPELERAS Y CONTENEDORES COLLADO VILLALBA

Capítulo I
Condiciones generales
Art. 1. Partes que conciertan el Convenio Colectivo
El presente Convenio Colectivo ha sido negociado por la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo, integrada por Valoriza Servicios Medioambientales S.A. como parte Empresarial, y por la
parte social, conformada por la Unión General de Trabajadores (U.G.T.) así como la Federación de
Construcción y Servicios de CCOO de Madrid, que tras someterse asamblea publica y libre de
trabajadores para su conformidad, resulta ratificado por mayoría del colectivo y firmado por las partes
señaladas anteriormente.
Las partes firmantes de este Convenio tienen legitimación suficiente, conforme a las disposiciones
legales vigentes, para establecer los ámbitos de aplicación indicados en el artículo siguiente,
obligando por tanto a todos/as los/as Empresarios/as y trabajadores/as en él incluidos/as y durante
todo el tiempo de su vigencia
Art. 2 Ámbito de aplicación personal y territorial
El presente Convenio Colectivo tendrá ámbito local limitado al término municipal de Collado Villalba
y será de aplicación todos los trabajadores que presten sus servicios en la Empresa Valoriza
Servicios Medioambientales S. A., en el centro de trabajo de Collado Villalba (Madrid) y destinados
a la recogida de R.S.U., Limpieza Viaria y Mantenimiento de Contenedores y Papeleras.
Art. 3 Vigencia, duración y denuncia
El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el 01 de enero de 2023, derogando y sustituyendo
al Convenio Colectivo anterior.
La vigencia del presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025, pudiendo las
partes a su vencimiento, negociar un nuevo Convenio. Este Convenio mantiene su efectividad en
todo su contenido mientras no se negocie por las partes, un nuevo Convenio.
Art. 4 Condiciones
Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo indivisible y a efecto de su aplicación
práctica serán consideradas globalmente y en su cómputo anual, sin que quepa la aplicación de una
normativa aislada sobre condiciones anteriores.
Art. 5 Garantías, absorción y compensación
Las retribuciones y demás condiciones establecidas en este Convenio compensarán y absorberán
todas las existentes en el momento de su entrada en vigor, cualquiera que sea su naturaleza y el
origen de las mismas.

Art. 6 Comisión Paritaria Mixta
Se crea una comisión mixta de vigilancia en la aplicación e interpretación del Convenio,
integrada por tres representantes de la Empresa y tres miembros de la parte social. Esta
comisión se reunirá a instancia de parte, celebrándose dicha reunión dentro de los tres días
siguientes a su convocatoria.

BOCM-20231028-2

Los aumentos de retribuciones o mejoras de condiciones que puedan producirse en el futuro por
disposiciones legales de general aplicación, así como por Convenios Colectivos, contratos
individuales, sólo podrán afectar a las condiciones pactadas en el presente Convenio cuando,
consideradas las nuevas retribuciones en cómputo anual, superen las aquí pactadas; en caso
contrario, serán compensadas y absorbidas éstas últimas, manteniéndose el presente Convenio en
sus propios términos y en la forma y condiciones que quedan pactadas.