C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231028-1)
Convenio colectivo – Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Centro de Observación y Teledetección Espacial, S. A. U. (código número 28103721012023)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 5
III CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
“CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL, S.A.U.”
PREÁMBULO
Por medio de la presente, se manifiesta que la representación de la empresa y la representación
de las personas trabajadoras han negociado y acordado el Convenio Colectivo sobre la base del
compromiso mutuo en la filosofía que a continuación se detalla:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Continuar con una política de crecimiento que trate de garantizar los puestos de
trabajo actuales en la compañía, así como la creación de nuevos puestos de trabajo.
Garantizar los derechos económicos de las personas trabajadoras actuales.
Seguir apostando por una más completa y diversificada formación de las personas
trabajadoras actuales de la Compañía.
Salvaguardar los derechos de la Compañía de las malas prácticas que puedan ser
realizadas por cualquier miembro de la organización y que puedan perjudicar la
estabilidad e intereses del resto de las personas trabajadoras.
Respetar el principio de igualdad de trato y oportunidades, evitando la discriminación
laboral entre mujeres y hombres y promoviendo el derecho al trabajo en igualdad de
oportunidades.
Evitar cualquier tipo de acoso y la violencia en el lugar de trabajo.
Aplicar el principio de transparencia retributiva.
Las partes firmantes del presente Convenio coinciden en utilizar en el texto un lenguaje inclusivo,
respetando el principio de igualdad de trato e integrando la perspectiva de género, que permita
incluir a todas las personas referidas en su ámbito de aplicación sin ningún tipo de discriminación.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el texto del convenio se refiera al literal de los textos legales, se
mantiene la redacción en ellos establecida.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Ámbito funcional y personal
El presente Convenio de ámbito de empresa afectará, con exclusión de cualquier otro, a
todo el personal laboral que preste sus servicios para la empresa “Centro de Observación y
Teledetección Espacial, S.A.U.”, así como al personal cuya contratación se efectúe durante la
vigencia del mismo.
Artículo 2. Ámbito material y territorial
El presente Convenio regula las condiciones generales de trabajo del personal que preste
sus servicios para la empresa “Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A.U.”, siendo
de aplicación en el centro de trabajo sito en Madrid, C/Antracita, 7.
La vigencia del presente Convenio será de cuatro años, extendiéndose desde el 1 de
enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026, con independencia del momento de su firma,
depósito o registro, salvo lo dispuesto en el artículo 33, prorrogándose tras esta fecha, anualmente
por tácita aceptación, y en sus propios términos, en tanto no inicie su vigencia el Convenio
Colectivo empresarial que lo sustituya en los términos del artículo 4.
De cara a la reclasificación profesional derivada de este Convenio Colectivo, la empresa
dispondrá de cuatro meses desde la publicación del mismo en el Boletín Oficial correspondiente
para encuadrar las anteriores categorías profesionales en los nuevos grupos y niveles
profesionales.
No obstante, lo dispuesto en el párrafo primero, las partes firmantes podrán solicitar la
revisión, previa formulación de denuncia conforme a lo estipulado en el artículo 4 del presente
Convenio, con anterioridad al 31 de diciembre de 2026.
BOCM-20231028-1
Artículo 3. Vigencia y duración
B.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 5
III CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
“CENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL, S.A.U.”
PREÁMBULO
Por medio de la presente, se manifiesta que la representación de la empresa y la representación
de las personas trabajadoras han negociado y acordado el Convenio Colectivo sobre la base del
compromiso mutuo en la filosofía que a continuación se detalla:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Continuar con una política de crecimiento que trate de garantizar los puestos de
trabajo actuales en la compañía, así como la creación de nuevos puestos de trabajo.
Garantizar los derechos económicos de las personas trabajadoras actuales.
Seguir apostando por una más completa y diversificada formación de las personas
trabajadoras actuales de la Compañía.
Salvaguardar los derechos de la Compañía de las malas prácticas que puedan ser
realizadas por cualquier miembro de la organización y que puedan perjudicar la
estabilidad e intereses del resto de las personas trabajadoras.
Respetar el principio de igualdad de trato y oportunidades, evitando la discriminación
laboral entre mujeres y hombres y promoviendo el derecho al trabajo en igualdad de
oportunidades.
Evitar cualquier tipo de acoso y la violencia en el lugar de trabajo.
Aplicar el principio de transparencia retributiva.
Las partes firmantes del presente Convenio coinciden en utilizar en el texto un lenguaje inclusivo,
respetando el principio de igualdad de trato e integrando la perspectiva de género, que permita
incluir a todas las personas referidas en su ámbito de aplicación sin ningún tipo de discriminación.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el texto del convenio se refiera al literal de los textos legales, se
mantiene la redacción en ellos establecida.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Ámbito funcional y personal
El presente Convenio de ámbito de empresa afectará, con exclusión de cualquier otro, a
todo el personal laboral que preste sus servicios para la empresa “Centro de Observación y
Teledetección Espacial, S.A.U.”, así como al personal cuya contratación se efectúe durante la
vigencia del mismo.
Artículo 2. Ámbito material y territorial
El presente Convenio regula las condiciones generales de trabajo del personal que preste
sus servicios para la empresa “Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A.U.”, siendo
de aplicación en el centro de trabajo sito en Madrid, C/Antracita, 7.
La vigencia del presente Convenio será de cuatro años, extendiéndose desde el 1 de
enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026, con independencia del momento de su firma,
depósito o registro, salvo lo dispuesto en el artículo 33, prorrogándose tras esta fecha, anualmente
por tácita aceptación, y en sus propios términos, en tanto no inicie su vigencia el Convenio
Colectivo empresarial que lo sustituya en los términos del artículo 4.
De cara a la reclasificación profesional derivada de este Convenio Colectivo, la empresa
dispondrá de cuatro meses desde la publicación del mismo en el Boletín Oficial correspondiente
para encuadrar las anteriores categorías profesionales en los nuevos grupos y niveles
profesionales.
No obstante, lo dispuesto en el párrafo primero, las partes firmantes podrán solicitar la
revisión, previa formulación de denuncia conforme a lo estipulado en el artículo 4 del presente
Convenio, con anterioridad al 31 de diciembre de 2026.
BOCM-20231028-1
Artículo 3. Vigencia y duración