Fresno de Torote (BOCM-20231027-63)
Organización y funcionamiento. Junta de Gobierno
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 277
BOCM-20231027-63
miembros que vaya a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas
atribuciones en sus miembros, y por ello resuelvo:
Primero.—Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes
concejales:
— Doña Ana María Arranz Rosco.
— Don Antonio Margüenda Romero.
— Doña Toria Mejdoubi Rghioui.
Segundo.—La Junta de Gobierno Local ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en
los artículos 112 y 113 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
a cuyos efectos se propone que la Junta celebre sesión ordinaria con la siguiente periodicidad: una vez al mes, siempre que sea requerida por contenido, previa decisión y convocatoria de alcaldía que asimismo podrá no convocarla o acumular el orden del día para la siguiente convocatoria, pudiendo celebrarse Junta de Gobierno Local extraordinaria cuando
igualmente se decida así por la Alcaldía.
Tercero.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.
Cuarto.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Quinto.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre”.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde/Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
En Fresno de Torote, a 16 de octubre de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Ana Isabel
Arias López.
(03/17.454/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 277
BOCM-20231027-63
miembros que vaya a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas
atribuciones en sus miembros, y por ello resuelvo:
Primero.—Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes
concejales:
— Doña Ana María Arranz Rosco.
— Don Antonio Margüenda Romero.
— Doña Toria Mejdoubi Rghioui.
Segundo.—La Junta de Gobierno Local ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en
los artículos 112 y 113 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
a cuyos efectos se propone que la Junta celebre sesión ordinaria con la siguiente periodicidad: una vez al mes, siempre que sea requerida por contenido, previa decisión y convocatoria de alcaldía que asimismo podrá no convocarla o acumular el orden del día para la siguiente convocatoria, pudiendo celebrarse Junta de Gobierno Local extraordinaria cuando
igualmente se decida así por la Alcaldía.
Tercero.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.
Cuarto.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Quinto.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre”.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde/Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer
directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
En Fresno de Torote, a 16 de octubre de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Ana Isabel
Arias López.
(03/17.454/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791