B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231027-2)
Concurso específico – Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso específico para la provisión de tres puestos de trabajo singularizados en la Nueva Oficina Fiscal de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 256
Los conocimientos se acreditarán mediante la presentación de los certificados de aprovechamiento de cursos oficiales u homologados y la experiencia mediante los certificados
de funciones por parte de los responsables procesales que acrediten los méritos alegados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación
adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos
alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 100 puntos.
Quinto
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se formularán telemáticamente,
cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud para Provisión de Puestos de Trabajo”, al que podrá accederse desde la página web https: //tramita.comunidad.madrid, adjuntando la documentación correspondiente que hubiere de aportarse.
2. Deberán ir dirigidas al Ilma. Sra. Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón 38, 3.a planta, 28020 Madrid,
y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. La convocatoria también se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
3. No serán admitidas aquellas solicitudes que no se presenten de la forma dispuesta en el apartado anterior.
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
5. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
6. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Sexto
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y publicada en la página web de la Comunidad de Madrid. La misma
estará integrada por:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
b) Dos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se
exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
Una vez recibida la propuesta de las organizaciones sindicales, la autoridad convocante designará a los miembros de esta Comisión y a los suplentes, mediante Resolución, que
se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid.
La Comisión de Valoración podrá solicitar, en cualquier momento del proceso de baremación, la documentación que estime necesaria para la correcta valoración de los méritos alegados.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirán por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20231027-2
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 256
Los conocimientos se acreditarán mediante la presentación de los certificados de aprovechamiento de cursos oficiales u homologados y la experiencia mediante los certificados
de funciones por parte de los responsables procesales que acrediten los méritos alegados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación
adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos
alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 100 puntos.
Quinto
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se formularán telemáticamente,
cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud para Provisión de Puestos de Trabajo”, al que podrá accederse desde la página web https: //tramita.comunidad.madrid, adjuntando la documentación correspondiente que hubiere de aportarse.
2. Deberán ir dirigidas al Ilma. Sra. Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón 38, 3.a planta, 28020 Madrid,
y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. La convocatoria también se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
3. No serán admitidas aquellas solicitudes que no se presenten de la forma dispuesta en el apartado anterior.
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
5. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
6. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
7. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Sexto
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia y publicada en la página web de la Comunidad de Madrid. La misma
estará integrada por:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
b) Dos funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa a
propuesta de las organizaciones sindicales integradas en la Mesa Sectorial de
Administración de Justicia.
Será causa de incompatibilidad para formar parte de esta Comisión la participación
como aspirante a un puesto de trabajo en la convocatoria.
A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente
que, en caso de ausencia justificada le sustituirá con voz y voto.
Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes que, en caso de ausencia justificada, les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se
exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
Una vez recibida la propuesta de las organizaciones sindicales, la autoridad convocante designará a los miembros de esta Comisión y a los suplentes, mediante Resolución, que
se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid.
La Comisión de Valoración podrá solicitar, en cualquier momento del proceso de baremación, la documentación que estime necesaria para la correcta valoración de los méritos alegados.
La Comisión de Valoración en su funcionamiento se regirán por lo establecido en la
Sección 3.a del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20231027-2
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID