C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231027-27)
Concesión subvenciones –  Orden 1771/2023, de 11 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa a la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya-Sierra Norte por importe de 2.610.000 euros, para la ejecución de “La acción de cohesión turismo rural” que forma parte del plan territorial de la Comunidad de Madrid 2021 (C.14. I1. Submedida 2. Planes de sostenibilidad turística en destino) financiado con fondos NextGeneration de la Unión Europea
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 256

previsto que, tras el reconocimiento inicial de la condición de beneficiario, se establezca un
período de prórroga posterior o bien los beneficiarios hayan sido ya singularizados en el
marco del procedimiento estatal, el procedimiento se entenderá iniciado a instancia de parte, continuando en la Comunidad de Madrid la fase de instrucción, que se llevará a cabo de
forma individualizada para cada potencial beneficiario por el órgano competente por razón
de la materia, finalizando el procedimiento mediante resolución o convenio, según proceda. El inicio de la fase de instrucción, los plazos para resolver y el sentido del silencio, que
será negativo salvo que por el Estado se establezca otra cosa, serán notificados por la Comunidad Autónoma al interesado”.
En el caso de la presente Orden, como se menciona anteriormente, Sierra Norte es
identificado como entidad beneficiaria en el Acuerdo de Conferencia Sectorial de Turismo
de 21 de diciembre de 2021, con el objetivo de ejecutar las actuaciones previstas en su ACD,
que se ejecutará con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los hitos y objetivos de los mismos, así como los importes necesarios
para la financiación establecida para cada uno de ellos.
La ACD, financiada mediante el crédito cuya transferencia autoriza la presente Orden,
estará obligada a respetar el principio de “no causar daño significativo” (principio do no
significant harm-DNSH) al medio ambiente previsto en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y demás normativa europea de aplicación. Asimismo, garantizará el cumplimiento de las obligaciones de etiquetado ambiental y digital, de
acuerdo con lo previsto en el citado Reglamento.
Segundo
Beneficiario y destinatarios finales
1.o Entidad beneficiaria:
La Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya.
El crédito correspondiente se destinará a la Mancomunidad de Servicios Valle Norte
del Lozoya Sierra Norte como entidad beneficiaria de la ACD Turismo Rural en el marco
del Plan Territorial de la Comunidad de Madrid. Así, Sierra Norte se configura como entidad ejecutora de la ACD.
2.o Destinatarios finales:
Por su parte, en el caso de que los destinatarios finales sean terceros, las medidas desarrolladas deberán contribuir de igual manera al logro de los hitos y objetivos previstos en
tiempo y forma. Asimismo, deberán aportar la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores. La financiación a terceros debe vincularse
al logro de los hitos y objetivos perseguidos.
Tercero
1.o Definición:
Serán objeto de financiación las actuaciones descritas en la ACD detalladas en el
anexo I, el cual ha sido incorporado al Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2021 y
ratificado en Conferencia Sectorial de Turismo del 21 de diciembre de 2021, cumpliendo
todos los criterios de elegibilidad dispuestos en el apartado 6 de la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos. Las actuaciones han sido clasificadas en torno a cuatro ejes de
actuación, cumpliendo la inversión mínima por ejes establecida en el apartado 8.2.2 de la
Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos.
Por ello pasa a recibir la financiación ratificada en la Resolución de 4 de enero de 2022
de la Secretaría de Estado de Turismo.
Dichas actuaciones se financiarán con cargo a los fondos NextGenerationEU, de
acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2020/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
2.o Requisitos:
Las actuaciones financiables incluidas en la ACD de la entidad beneficiaria deberán
cumplir la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos incluidos en la mencionada Decisión

BOCM-20231027-27

Actuaciones financiables y no financiables