C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231027-18)
Concesión becas – Orden 4075/2023, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Medio en la Comunidad de Madrid, para el curso 2023-2024
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BOCM
Pág. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 256
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18
ORDEN 4075/2023, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio
de Formación Profesional de Grado Medio en la Comunidad de Madrid, para el
curso 2023-2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 1559/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas
para el estudio de formación profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de junio de 2022).
Igualmente, mediante la Orden 1951/2023, de 1 de junio, del Vicepresidente, Consejero de
Educación y Universidades, se aprobó la convocatoria de becas de Formación Profesional de
Grado Medio correspondiente al curso 2023-2024 (publicada en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 2023).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado sexto de la Orden 1951/2023, se publicaron con fecha 5
de septiembre de 2023, las listas de solicitudes presentadas y excluidas, abriéndose a partir
del día siguiente, un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 6 al 19
de septiembre, ambos incluidos.
Tercero
Una vez transcurrido el período de subsanación otorgado al efecto, la Comisión de Valoración, tras analizar el número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al
amparo de lo establecido en el apartado octavo de la Orden 1951/2023, al no existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas, proponer la
concesión de beca a 975 solicitantes cuya renta no superase el corte que se había establecido en 7.690,21 euros, resultando en consecuencia no beneficiarios un total de 1.120 solicitantes y excluidas un total de 727 solicitudes.
Cuarto
La Comisión de Valoración ha elevado propuesta de resolución al Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Orden 1559/2022,
de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de formación profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20231027-18
Primero
Pág. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 256
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
18
ORDEN 4075/2023, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio
de Formación Profesional de Grado Medio en la Comunidad de Madrid, para el
curso 2023-2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante la Orden 1559/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas
para el estudio de formación profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de junio de 2022).
Igualmente, mediante la Orden 1951/2023, de 1 de junio, del Vicepresidente, Consejero de
Educación y Universidades, se aprobó la convocatoria de becas de Formación Profesional de
Grado Medio correspondiente al curso 2023-2024 (publicada en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 2023).
Segundo
Seguidos los trámites legales oportunos y transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado sexto de la Orden 1951/2023, se publicaron con fecha 5
de septiembre de 2023, las listas de solicitudes presentadas y excluidas, abriéndose a partir
del día siguiente, un plazo para la subsanación o mejora de las solicitudes, desde el 6 al 19
de septiembre, ambos incluidos.
Tercero
Una vez transcurrido el período de subsanación otorgado al efecto, la Comisión de Valoración, tras analizar el número de solicitudes admitidas para esta convocatoria, acordó, al
amparo de lo establecido en el apartado octavo de la Orden 1951/2023, al no existir crédito presupuestario disponible para cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas, proponer la
concesión de beca a 975 solicitantes cuya renta no superase el corte que se había establecido en 7.690,21 euros, resultando en consecuencia no beneficiarios un total de 1.120 solicitantes y excluidas un total de 727 solicitudes.
Cuarto
La Comisión de Valoración ha elevado propuesta de resolución al Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia para la resolución de la convocatoria corresponde al Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Orden 1559/2022,
de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de formación profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid.
BOCM-20231027-18
Primero