C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231023-22)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1044/2023, de 10 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023, aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de mayo de 2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 252

El 31 de agosto de 2022 la Comisión Europea aprobó el PEPAC para España, que
consta de una parte común a nivel nacional y unos anejos territoriales que se corresponden
con cada comunidad autónoma.
El PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027 (en adelante PEPAC-CM) establece ayudas económicas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de
las aves esteparias, con la siguiente actuación: Intervención 6501.5. “Compromisos agroambientales en superficies agrarias: protección de la avifauna”.
La intervención desarrollada por la aprobación de estas subvenciones contribuirá al
cumplimiento del siguiente objetivo específico 6 (OE6), indicado en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115, el cual está dirigido a contribuir a detener y revertir la pérdida
de biodiversidad, potenciar los servicios relacionados con los ecosistemas y conservar los
hábitats y los paisajes.
Los beneficiarios deben cumplir las siguientes condiciones establecidas en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a) Ser agricultor.
b) Titular de explotación agraria en la Comunidad de Madrid.
c) Ejercer una actividad agraria.
2. Objetivos y efectos perseguidos.
La finalidad de estas subvenciones es la de compatibilizar la conservación de las poblaciones de diversas especies de aves esteparias amenazadas, en particular avutarda común
(Otis tarda), sisón común (Tetrax tetrax), aguiluchos cenizo (Circus pygargus), pálido (C.
cyaneus) y lagunero occidental (C. aeruginosus), gangas ortega (Pterocles orientalis) e ibérica (P. alchata), además de otras especies esteparias de interés comunitario, como bisbita
campestre (Anthus campestris), alcaraván común (Burhinus oedicnemus), carraca europea
(Coracias garrulus), cernícalo primilla (Falco naumanni) y cogujada montesina (Galerida
theklae), con la explotación agrícola de la Comunidad de Madrid en aquellas superficies
que constituyen el hábitat de estas especies.
El beneficiario se puede adherir a uno o varios de los compromisos agroambientales que
a continuación se relacionan, que implican las obligaciones que se señalan en cada caso:
— Compromiso 1: barbecho tradicional.
— Compromiso 2: barbecho semillado con leguminosas.
— Compromiso 3: barbecho de larga duración.
— Compromiso 4: retraso o cancelación en la recogida de cereal.
3. Plazo para su consecución.
El programa agroambiental 2024-2028 de ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias tiene una duración máxima de cinco años.
4. Costes previsibles y fuente de financiación.
El gasto inicialmente previsto para el programa agroambiental 2024-2028 de ayudas
para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias será
de 82.200 euros al año, durante un máximo de cinco años.

2023

2024

2025

2026

2027

2028

TOTAL 2023-2027

0€

82.200 €

82.200 €

82.200 €

82.200 €

82.200 €

411.000 €

La financiación se realizará con cargo a la Posición Presupuestaria G/456A/77306,
“Actuaciones agrícolas”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
La ayuda está cofinanciada por el FEADER en el 35 por 100, por la Administración
General del Estado en el 20 por 100 y por la Comunidad de Madrid, en el 45 por 100 restante, de acuerdo al PEPAC vigente. En caso de modificación del PEPAC, serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.
5. Plan de acción.
Al tratarse de subvenciones financiables con fondos europeos y no requerir valoración
comparativa las actuaciones subvencionables, el procedimiento de concesión de las ayudas
será el de concurrencia no competitiva, previsto en el artículo 62.1 del Real DecretoLey 36/2020, de 30 de diciembre, para subvenciones financiables con fondos europeos.

BOCM-20231023-22

PROGRAMA AGROAMBIENTAL 2024-2028 PARA EL FOMENTO DE LA AGRICULTURA COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN
DE LAS AVES ESTEPARIAS