D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231023-49)
Convenio –  Convenio de 5 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, para la formalización por concesión directa de una subvención para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas, para el año 2023, cofinanciado al 40 por 100 por el Fondo Social Europeo en el programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 252

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 187

ba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, modificado por la Orden 758/2023, de 14 de marzo y por la Orden 1506/2023,
de 17 de mayo. En concreto se enmarca en el Objetivo 10, Línea 2.
VI. Las actuaciones del presente Convenio serán cofinanciadas al 40 por 100 por el
Fondo Social Europeo dentro del Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid,
Prioridad 1 Empleo, Objetivo específico C Promover una participación equilibrada de género en el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del
equilibrio entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes. Por su parte, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de agosto de 2023 se ha autorizado la celebración del mismo.
VII. Es deseo de los firmantes fomentar la formación específica en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y, en virtud de las atribuciones conferidas, acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Constituye el objeto del presente Convenio la formalización, por concesión directa por
razones de interés social, de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid para la puesta en marcha de las acciones que contribuyan al impulso y
fomento de la igualdad y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la conciliación/corresponsabilidad entre mujeres y hombres, incluyendo la sensibilización y la
prevención de la violencia de género, en las empresas madrileñas, así como la empleabilidad de las mujeres, mediante las siguientes líneas de actuación:
1. Igualdad de oportunidades y corresponsabilidad entre mujeres y hombres: impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad real y
efectiva en el desarrollo empresarial.
2. Violencia de género en el ámbito laboral: impulsar la gestión empresarial del acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género
en los entornos empresariales y empoderar y facilitar el acceso al mercado laboral de las
mujeres víctimas de violencia de género.
3. Empleabilidad de las mujeres: facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas clave para impulsar su empleabilidad y para potenciar su visibilidad en el mercado de
trabajo en igualdad de condiciones que los hombres.

Tercera
Obligaciones por parte de la Cámara Oficial de Comercio, Industria
y Servicios de Madrid
La Cámara a la que se le concede la subvención deberán cumplir las obligaciones señaladas
en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La efectividad de su concesión quedará condicionada al destino de la misma para la finalidad para la que se concedió.
En particular, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, con la
firma del presente Convenio, se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) Previamente a la firma del Convenio, deberán acreditar mediante declaración responsable no estar incursos en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

BOCM-20231023-49

Segunda
Ejecución del convenio
La ejecución de las acciones objeto del Convenio se hará desde la firma del Convenio,
hasta el 31 de diciembre de 2023. No obstante, podrán imputarse gastos realizados con anticipación y gastos preparatorios, así como aquellos destinados a la ejecución de las actividades recogidas en el presente Convenio, desde el 1 de enero de 2023, por lo que se entenderán incluidas las acciones realizadas durante todo el año natural.