D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231023-47)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2023, entre la Fiscalía General del Estado y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para la creación de una unidad adscrita de agentes forestales y medioambientales en la Fiscalía coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo
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BOCM

LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 252

en las diferentes leyes y normas de carácter medioambiental, exigiendo las responsabilidades que procedan.
c) Supervisar y coordinar la actuación de las secciones especializadas de medio ambiente y recabar los informes oportunos, dirigiendo por delegación del Fiscal General del Estado la red de Fiscales de medio ambiente.
d) Coordinar las Fiscalías en materia de medio ambiente unificando los criterios de
actuación, para lo cual podrá proponer al Fiscal General la emisión de las correspondientes instrucciones y reunir, cuando proceda, a los Fiscales integrantes de las
secciones especializadas.
e) Elaborar anualmente y presentar al Fiscal General del Estado un informe sobre los
procedimientos seguidos y actuaciones practicadas por el Ministerio Fiscal en materia de medio ambiente, que será incorporado a la memoria anual presentada por
el Fiscal General del Estado”.
II. Para su adecuada actuación se le adscribirá una Unidad del Servicio de Protección
de la Naturaleza de la Guardia Civil, así como, en su caso, los efectivos necesarios del resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que tengan competencias medioambientales, de
conformidad con la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Igualmente, podrán adscribirse los profesionales y expertos técnicos necesarios para
auxiliarlo de manera permanente u ocasional.
Así mismo, para su adecuada actuación, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que la Fiscalía podrá recabar el auxilio de los Agentes Forestales o Ambientales de
las administraciones públicas correspondientes, dentro de las funciones que estos colectivos tienen legalmente encomendadas.
La Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo cuenta con una Unidad
Técnica adscrita, que ha realizado, desde su creación un gran número de intervenciones, valorando las afecciones al medio ambiente producidas por vertederos, contaminación de
agua, aire, suelos, afecciones a fauna y flora, entre otras.
Con la Unidad Técnica colaboran básicamente tres instituciones: El Instituto Nacional
de Toxicología y Ciencias Forenses, los Agentes Ambientales y Forestales del Estado y Comunidades Autónomas y la unidad del SEPRONA de la Guardia Civil.
En lo que respecta a los Agentes Forestales y Medioambientales, en el territorio nacional, estos funcionarios dependen de administraciones públicas autonómicas y, en algunos
casos, estatales y locales, contando con diferentes denominaciones y sistemas de organización administrativa, disponiendo de más de 6.000 efectivos.
Dicha heterogeneidad genera, en el ámbito de las actuaciones que estos servicios dirigen a la Fiscalía General del Estado en virtud de sus cometidos propios de policía judicial
genérica, la existencia de diferentes criterios de actuación e interpretaciones jurídicas en
materia de delitos medioambientales, por lo que se precisa la adscripción de Agentes Forestales o Medioambientales que colaboren con la Fiscalía General del Estado en la interlocución con dicho colectivo a nivel nacional, a efectos de la necesaria coordinación.
En virtud de lo anterior, la Fiscalía ha venido teniendo la colaboración de ese colectivo durante los últimos años, mediante la adscripción a esa unidad de funcionarios de la Escala de Agentes Medioambientales del Ministerio de Medio Ambiente.
III. Es de interés para la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado seguir contando con la colaboración de integrantes del colectivo de Agentes Forestales o Medioambientales, a fin de recoger y desarrollar la necesaria coordinación
con la Unidad Técnica existente en dicha fiscalía, así como con los funcionarios integrantes de los colectivos de Agentes Forestales y Medioambientales integrados en las distintas
administraciones autonómicas, locales y estatales, a través del establecimiento de una Red
Nacional de Agentes Forestales y Medioambientales.
Se precisa, por tanto, contar con la colaboración estable y continuada en el tiempo de
funcionarios de dichos colectivos, habida cuenta de su conocimiento de la realidad de las
actuaciones de este tipo de agentes por haber desarrollado trabajo de campo.
La labor desarrollada por el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de
Madrid, con el incuestionable prestigio alcanzado por sus integrantes, así como su favorable ubicación geográfica convierten a este cuerpo en el idóneo a los efectos de afianzar los
cometidos antes señalados, a través de la adscripción de Agentes Forestales a esa Unidad
de la Fiscalía General del Estado.
IV. Los artículos 27.3, 27.7 y 27.9 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, atribuyen a la región, dentro del mar-

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