D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231023-36)
Convenio – Convenio de 3 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Cáritas Diocesana de Madrid, para ofrecer alojamiento temporal a familiares de pacientes con determinados tipos de trasplantes ingresados en el Hospital Universitario “Gregorio Marañón” y otros hospitales del Servicio Madrileño de Salud
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 252
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
36
CONVENIO de 3 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de
la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Cáritas Diocesana
de Madrid, para ofrecer alojamiento temporal a familiares de pacientes con determinados tipos de trasplantes ingresados en el Hospital Universitario “Gregorio Marañón” y otros hospitales del Servicio Madrileño de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid,
nombrada mediante el Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el 4.3.a) de la Ley
8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D. Juan José Fernández Ramos, Viceconsejero de Sanidad, nombrado
mediante el Decreto 131/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, y Director General
del Servicio Madrileño de Salud en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de julio por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que
se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D.a María Jesús Bustamante Gil, en nombre y representación de Cáritas Diocesana de Madrid, con domicilio social en Madrid (28002), calle Santa Hortensia,
número 1, bloque B y NIF R-2800135-B, en virtud de poder suficiente para el presente acto,
según consta en escritura de 10 de septiembre de 2021 otorgada ante el notario de Madrid
Luis Núñez Boluda, bajo el número 995 de su protocolo.
Las partes intervienen en nombre y representación de las entidades señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para este acto y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3.l de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria.
Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control
de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras, en materia de humanización sanitaria. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe
de su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización, Atención
y Seguridad del Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través
BOCM-20231023-36
Segundo
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 252
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
36
CONVENIO de 3 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de
la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Cáritas Diocesana
de Madrid, para ofrecer alojamiento temporal a familiares de pacientes con determinados tipos de trasplantes ingresados en el Hospital Universitario “Gregorio Marañón” y otros hospitales del Servicio Madrileño de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid,
nombrada mediante el Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el 4.3.a) de la Ley
8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D. Juan José Fernández Ramos, Viceconsejero de Sanidad, nombrado
mediante el Decreto 131/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, y Director General
del Servicio Madrileño de Salud en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de julio por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación del Servicio Madrileño
de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la
Ley 8/1999, de 9 de abril, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que
se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D.a María Jesús Bustamante Gil, en nombre y representación de Cáritas Diocesana de Madrid, con domicilio social en Madrid (28002), calle Santa Hortensia,
número 1, bloque B y NIF R-2800135-B, en virtud de poder suficiente para el presente acto,
según consta en escritura de 10 de septiembre de 2021 otorgada ante el notario de Madrid
Luis Núñez Boluda, bajo el número 995 de su protocolo.
Las partes intervienen en nombre y representación de las entidades señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para este acto y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
El artículo 2.3.l de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la
Comunidad de Madrid, recoge entre sus principios rectores la humanización de la organización sanitaria.
Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el control
de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid, entre otras, en materia de humanización sanitaria. Asimismo, le corresponden las atribuciones que, como jefe
de su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización, Atención
y Seguridad del Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través
BOCM-20231023-36
Segundo