D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231023-56)
Convenio –  Convenio de 29 de septiembre de 2023, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Europea del Film de Animación-Cartoon, para la celebración del evento denominado Cartoon Springboard 2023 en Madrid
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 214

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 252

— Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las
partes. En este caso, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el
seno de la Comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio,
dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes consecuencias legales.
— Cualquier otra prevista en este convenio o en otras leyes.
Novena
Régimen jurídico
1. Este convenio queda sujeto a las normas imperativas de Derecho Público y, en
particular, dada su naturaleza administrativa, a los principios de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
2. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no sean objeto de conciliación en el seno de la comisión de seguimiento a que se refiere la cláusula cuarta, serán sometidas a los tribunales
competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Décima
Protección de datos personales

Undécima
Vigencia del Convenio
El presente convenio estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el cumplimiento
de las obligaciones de las partes, esto es, la realización de todas las actividades previstas en
su objeto y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2023.

BOCM-20231023-56

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Sin perjuicio de lo expuesto, y a salvo del tratamiento de datos en los términos anteriormente expuestos que pudiera resultar de la relación entre las partes firmantes del presente
convenio, la Association Européenne du Film d’Animation-Cartoon será responsable del tratamiento de los datos personales que, en su caso, proceda de las actuaciones que, en virtud
de lo dispuesto en la cláusula segunda, se desarrollen con los participantes, asistentes, entidades colaboradoras o terceros en general, toda vez que dicho tratamiento se realizará en el
ejercicio de su exclusivo ámbito competencial, y no en el de la Comunidad de Madrid, sin
que, en consecuencia, esta última asuma responsabilidad alguna a estos efectos.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos en los términos que, en cada caso, correspondan.