D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231023-56)
Convenio – Convenio de 29 de septiembre de 2023, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Europea del Film de Animación-Cartoon, para la celebración del evento denominado Cartoon Springboard 2023 en Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 213
autorización de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, de fecha 28 de junio de 2023, esta documentación será presentada antes del 1 de diciembre de 2023.
Quinta
Justificación de los gastos
La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados
del presente convenio en relación a los compromisos financieros de la Comunidad de
Madrid se ajustarán a lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Cartoon, aportará una Memoria explicativa de las actuaciones llevadas a cabo en la
ejecución del convenio en su conjunto, con detalle de su componente económico, así como
una evaluación de los resultados obtenidos mediante su desarrollo.
Los gastos realizados por Cartoon, en el desarrollo del convenio se justificarán mediante una certificación detallada, suscrita por persona con poder suficiente, de la totalidad
del gasto derivado de las actividades previstas en este convenio, adjuntando las facturas o
documentos justificativos del gasto comprometido por la Comunidad de Madrid, antes del 1
de diciembre de 2023.
A este respecto, los gastos a justificar mediante aportación de facturas y justificantes
de pago, corresponderán a las actuaciones previstas en el presente convenio vinculadas al
desarrollo del Cartoon Sringboard en su edición de 2023 en Madrid, dentro del límite de la
aportación comprometida para ello por la Comunidad de Madrid como socio local.
Sexta
Comisión de seguimiento
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de
adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudiesen producir.
En tal sentido, la Comisión ante circunstancias sobrevenidas, podrá adecuar las acciones previstas dentro del marco estricto del convenio. Del mismo modo, para su correcta ejecución podrá acordar ajustes económicos, los cuales no podrán en ningún caso suponer un
incremento en la cuantía de la aportación de la Comunidad de Madrid comprometida mediante el presente convenio.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de Cartoon y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta comisión, el titular de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, o persona en
quien delegue, y de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima
Modificación del convenio
El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes
en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime
de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava
El presente convenio podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:
— El cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
— El transcurso del plazo de vigencia.
— El acuerdo unánime de los firmantes.
— Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del objeto del convenio, y siempre que
sea comunicado por escrito a la otra parte en el plazo de un mes.
BOCM-20231023-56
Extinción
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 213
autorización de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, de fecha 28 de junio de 2023, esta documentación será presentada antes del 1 de diciembre de 2023.
Quinta
Justificación de los gastos
La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados
del presente convenio en relación a los compromisos financieros de la Comunidad de
Madrid se ajustarán a lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Cartoon, aportará una Memoria explicativa de las actuaciones llevadas a cabo en la
ejecución del convenio en su conjunto, con detalle de su componente económico, así como
una evaluación de los resultados obtenidos mediante su desarrollo.
Los gastos realizados por Cartoon, en el desarrollo del convenio se justificarán mediante una certificación detallada, suscrita por persona con poder suficiente, de la totalidad
del gasto derivado de las actividades previstas en este convenio, adjuntando las facturas o
documentos justificativos del gasto comprometido por la Comunidad de Madrid, antes del 1
de diciembre de 2023.
A este respecto, los gastos a justificar mediante aportación de facturas y justificantes
de pago, corresponderán a las actuaciones previstas en el presente convenio vinculadas al
desarrollo del Cartoon Sringboard en su edición de 2023 en Madrid, dentro del límite de la
aportación comprometida para ello por la Comunidad de Madrid como socio local.
Sexta
Comisión de seguimiento
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de
adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudiesen producir.
En tal sentido, la Comisión ante circunstancias sobrevenidas, podrá adecuar las acciones previstas dentro del marco estricto del convenio. Del mismo modo, para su correcta ejecución podrá acordar ajustes económicos, los cuales no podrán en ningún caso suponer un
incremento en la cuantía de la aportación de la Comunidad de Madrid comprometida mediante el presente convenio.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de Cartoon y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta comisión, el titular de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, o persona en
quien delegue, y de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima
Modificación del convenio
El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes
en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime
de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava
El presente convenio podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:
— El cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
— El transcurso del plazo de vigencia.
— El acuerdo unánime de los firmantes.
— Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del objeto del convenio, y siempre que
sea comunicado por escrito a la otra parte en el plazo de un mes.
BOCM-20231023-56
Extinción