D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231023-27)
Convenio –  Convenio de 27 de septiembre de 2023, entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para el intercambio de información de datos del registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 23 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 252

ANEXO I
DOCUMENTO TÉCNICO SOBRE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
1.- INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:
Los datos de carácter personal serán tratados por la Jefatura Central de Tráfico para ser incorporados al sistema de tratamiento de datos de agentes externos en este caso, de carácter tributario, cuya finalidad es permitir a la Jefatura central de Tráfico verificar por medios electrónicos la
acreditación de las obligaciones fiscales en la transmisión de vehículos a motor, obligación que se
recoge en el anexo XIV del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Vehículos.
Los datos de carácter personal no se prevé que sean comunicados a terceros, sin perjuicio de
las obligaciones legales que obliguen a la Jefatura Central de Tráfico a comunicar los datos personales a terceros.
Se conservarán los datos durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que
se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. De conformidad con lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en concreto en la Resolución de 30 de abril de 2019, conjunta de la Secretaría de Estado de Seguridad y de la Subsecretaría, por la que se aprueban, revisan y actualizan las
normas de conservación y se autoriza la eliminación de series documentales del departamento
(BOE de 15 de junio de 2019), los expedientes de cambios de titularidad se conservarán por un
plazo mínimo de 5 años.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y
oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el
tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, se pueden ejercitar ante la el Delegado
de Protección de Datos. C/ Josefa Valcárcel 44, 3ª planta. Madrid 28071. Correo electrónico:
protecciondedatos@dgt.es.
Puede obtener más información en:
http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/participacion-ciudadana/proteccion-de-datos-de-caracter-personal/tutela-de-los-derechos.

2.- DESCRIPCIÓN GENERAL DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES A EFECTUAR:
2.1.- Descripción.
El tratamiento consistirá en el intercambio estructurado de datos para verificar en los trámites de
cambio de titularidad del Registro de Vehículos que los datos coinciden y son coherentes con las obligaciones fiscales y de tráfico. Para ello se verifican datos identificativos, en concreto el documento
oficial de identificación del nuevo titular y el sujeto pasivo, también se verifica la matrícula del vehículo
indicada en ambas administraciones, que el tipo de transmisión y hecho imponible sean coherentes y
por último que la obligación fiscal satisfecha se encuentre en vigor. Por su parte la Hacienda autonómica tendrá acceso a los datos personales de los titulares de vehículos y a los datos técnicos del
vehículo en el Registro de Vehículos con el fin de validar y corregir errores en los datos informados por
los contribuyentes, mejorar el cálculo de la base imponible y realizar actuaciones de recaudación en
periodo ejecutivo de los ingresos de derecho público que legalmente tenga otorgados.
El personal adscrito por la Hacienda autonómica para ejecutar las prestaciones del presente convenio puede tratar datos personales. Éstos se tratarán únicamente por el personal adscrito o por los
sistemas informáticos del órgano autonómico tributario cuando la presentación de la autoliquidación
correspondiente a la transmisión del vehículo se realice por medios telemáticos, siempre con el único
fin de efectuar el alcance del objeto del convenio.

BOCM-20231023-27

En caso de que como consecuencia de la ejecución de las prestaciones del convenio resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en este anexo, la Hacienda autonómica lo
requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que Jefatura Central de
Tráfico estuviese de acuerdo con lo solicitado, Jefatura Central de Tráfico emitiría un anexo actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento.