Getafe (BOCM-20231020-50)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023

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10. El ejercicio de las competencias atribuidas a la Alcaldía por la legislación en materia de consumo.
11. Promover la implantación de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo
Sostenibles en el Municipio.
Decimotercero.—Se confiere la delegación de Delegación de Movilidad y Transporte a don Carlos Daniel Enjuto Domínguez, que comprende las siguientes Unidades
Administrativas:
— Movilidad y Transporte.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en
virtud de convenios.
5. Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y Departamentos que comprende la Delegación.
7. Relaciones con el Consorcio Regional de Transportes.
8. Gestión y seguimiento del Plan de Movilidad.
9. Gestión y seguimiento del Plan de Accesibilidad.
Decimocuarto.—Dependerá directamente de esta Alcaldía las competencias relacionadas con Comunicación, que comprende las siguientes Unidades Administrativas:
— Imagen Institucional.
— Relaciones Institucionales.
— Comunicación y Prensa.
Quedando en su ámbito las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de las materias.
2. Coordinar todas las actuaciones con facultad de dictar instrucciones y circulares
para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos.
4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en
virtud de convenios.
Decimoquinto.—Delegar el ejercicio de la potestad sancionadora atribuida a esta Alcaldía por Ley, en los concejales-delegados, en sus diferentes ámbitos competenciales,
incluyendo la devolución de los ingresos correspondientes a sanciones cuya anulación resuelva y demás obligaciones accesorias a dicha anulación.
Decimosexto.—Delegar la superior autoridad sobre el Personal de las Unidades Administrativas dependientes en los concejales-delegados, en sus diferentes ámbitos competenciales.
Decimoséptimo.—En caso de ausencia o vacante de los concejales-delegados asumirá las competencias que les son delegadas por el presente decreto la alcaldesa.
Decimoctavo.—Conferir la delegación para autorizar el matrimonio civil atribuida por
el artículo 51 del Código Civil a todos los concejales de este Ayuntamiento.
Decimonoveno.—Que por la unidad administrativa de Personal se lleve a cabo la tramitación de la modificación de la Relación de los Puestos de Trabajo para adaptarla a las
modificaciones contenidas en el presente decreto.
El presente decreto entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación
directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Getafe, a 4 de octubre de 2023.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, María
Concepción Muñoz Yllera.
(03/17.124/23)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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