Getafe (BOCM-20231020-49)
Organización y funcionamiento. Constitución Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
BOCM-20231020-49
4. La autorización, disposición, reconocimiento y liquidación de obligaciones del
ejercicio por reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que exista dotación presupuestaria.
5. La aprobación de convenios de colaboración, protocolos de intenciones, etc., a
suscribir con la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid, Ayuntamientos y otras Entidades en materias de su competencia.
6. La resolución de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial, así como la
autorización, disposición y reconocimiento de obligaciones derivadas de la misma.
7. Las autorizaciones o acuerdos de encargos de gestión a entidades que tengan reconocida expresamente en sus estatutos o actos de creación la consideración de medio propio personificado del Ayuntamiento de Getafe, conforme a lo dispuesto en los artículos 30.5, 31.1.a) y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
8. La autorización de la ejecución directa de obras y de la fabricación de bienes muebles y, en su caso, la aprobación del proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
9. La aprobación de cuantos planes y programas correspondan al Ayuntamiento y no
estén atribuidos por la correspondiente normativa sectorial al Pleno.
10. La recepción de las obras de urbanización.
11. La emisión de informes que correspondan al Ayuntamiento a solicitud de otras
Administraciones en la tramitación de Proyectos, Planes o programas de su competencia,
en los trámites de información pública urbanísticos o medioambientales.
12. La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de atribuciones delegadas.
Quinto.—La periodicidad de las sesiones a celebrar con carácter ordinario será semanalmente los miércoles. Si dicha fecha coincidiese con día festivo se trasladará al día siguiente hábil inmediato.
El presente decreto entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación
directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Getafe, a 4 de octubre de 2023.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, María
Concepción Muñoz Yllera.
(03/17.119/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 250
BOCM-20231020-49
4. La autorización, disposición, reconocimiento y liquidación de obligaciones del
ejercicio por reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que exista dotación presupuestaria.
5. La aprobación de convenios de colaboración, protocolos de intenciones, etc., a
suscribir con la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid, Ayuntamientos y otras Entidades en materias de su competencia.
6. La resolución de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial, así como la
autorización, disposición y reconocimiento de obligaciones derivadas de la misma.
7. Las autorizaciones o acuerdos de encargos de gestión a entidades que tengan reconocida expresamente en sus estatutos o actos de creación la consideración de medio propio personificado del Ayuntamiento de Getafe, conforme a lo dispuesto en los artículos 30.5, 31.1.a) y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
8. La autorización de la ejecución directa de obras y de la fabricación de bienes muebles y, en su caso, la aprobación del proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
9. La aprobación de cuantos planes y programas correspondan al Ayuntamiento y no
estén atribuidos por la correspondiente normativa sectorial al Pleno.
10. La recepción de las obras de urbanización.
11. La emisión de informes que correspondan al Ayuntamiento a solicitud de otras
Administraciones en la tramitación de Proyectos, Planes o programas de su competencia,
en los trámites de información pública urbanísticos o medioambientales.
12. La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de atribuciones delegadas.
Quinto.—La periodicidad de las sesiones a celebrar con carácter ordinario será semanalmente los miércoles. Si dicha fecha coincidiese con día festivo se trasladará al día siguiente hábil inmediato.
El presente decreto entrará en vigor desde su adopción, sin perjuicio de su notificación
directamente a los interesados y a todos los grupos políticos municipales y su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Getafe, a 4 de octubre de 2023.—La jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, María
Concepción Muñoz Yllera.
(03/17.119/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791