La Serna del Monte (BOCM-20231020-53)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023

tos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria, que son:
a) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de ninguna Administración Pública.
b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los
requisitos exigidos, quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de nombramiento a favor del siguiente aspirante,
según el orden de puntuación.
De igual forma se procederá en caso de renuncia o en caso de producirse vacante posterior, para lo cual la relación de aspirantes formada por el Tribunal de valoración, con el
orden de las puntuaciones totales obtenidas, funcionará como bolsa de trabajo cuyos datos
deberán estar siempre actualizados por parte de los integrantes de la misma.
Cuarta. Tribunal.—El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros:
— Presidente: Un/a funcionario/a de carrera, de igual o superior titulación a la exigida para la convocatoria.
— Vocales: Tres funcionarios/as de carrera, de igual o superior titulación a la exigida
en la convocatoria, de una Administración Pública.
— Secretario/a: un/a funcionario/a de carrera de una Administración Pública, de
igual o superior titulación a la exigida en la convocatoria.
Todos ellos/as con voz y voto.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los/las titulares.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación
de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el tribunal, por mayoría.
La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta. Vinculación.—Las presentes bases, desde su aprobación, estarán vinculadas en
todo el proceso a lo establecido en las Leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público.
El tribunal queda facultado para resolver o adoptar los acuerdos pertinentes respecto de
las dudas, empates, orden y tramitación respecto de los procedimientos selectivos. Esta actividad únicamente estará limitada por la sujeción a lo dispuesto en estas bases y en la normativa vigente.
Sexta. Incidencias.—En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido Estatuto Básico del Empleado Público 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por
el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía del Ayuntamiento
de La Serna del Monte, sede de la agrupación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contenciosoadministrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo

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BOCM-20231020-53

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