D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231020-31)
Convenio –  Convenio de 29 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Red de ONGD de Madrid en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención a dicha asociación por importe de 40.000 euros, para para la promoción de proyectos de cooperación al desarrollo en el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 181

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
Por ello, la Asociación de Red de ONGDS de Madrid deberá poner en conocimiento
de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, a
través de su Dirección General de Integración, las ayudas, ingresos o recursos de cualesquiera otras entidades, que se destinen a financiar las actividades subvencionadas, así
como, en su caso, la no concurrencia de ayudas.
Séptima
Justificación
Concluido el plazo de ejecución, la Asociación Red de ONGD de Madrid, tendrá que justificar la ejecución del proyecto en el plazo de 1 mes, que finalizará el 31 de enero de 2024.
Para ello presentará la siguiente documentación acreditativa de la ejecución del programa y del destino de la subvención:
1. Una memoria-Informe sobre las actividades desarrolladas en el año 2023 que será
presentada en la Consejería de Familias, Juventud y Asuntos Sociales.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la subvención concedida en formato Excel.
3. Una declaración responsable del representante legal de que dichos gastos corresponden a pagos efectivamente realizados y derivados de la finalidad para la que
fue concedida y una declaración responsable del representante legal de la entidad
en la que figure, en relación con cada uno de los documentos de gasto aportados
en la justificación de la subvención, el importe específico de la imputación del
gasto a la subvención de la Comunidad de Madrid.
4. Los gastos de personal se justificarán con la presentación de las nóminas acompañadas de la documentación acreditativa de su pago a través de cuentas bancarias
la Asociación Red de ONGD de Madrid, así como el RLC (Recibo de Liquidación
de Cotizaciones) y RNT, debidamente sellados por la oficina recaudadora. Esta información irá preferentemente seudonimizada.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
La presentación de la documentación prevista en este apartado, se realizará en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid o en cualquiera de las oficinas de asistencia en
materia de registro a las que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo la fecha
límite para su presentación el último día del mes siguiente a la finalización del proyecto.
Octava
La Dirección General con competencias en materia de Cooperación al Desarrollo a través de las personas que designe su titular, podrá llevar a cabo actuaciones de verificación
de la ejecución y gestión de las actuaciones previstas en el Convenio. Para ello, los representantes y responsables de su ejecución deberán facilitar, durante la vigencia del mismo el
acceso de dichas personas al lugar de la acción y a sus inmuebles, así como a los libros,
cuentas y documentos justificativos correspondientes.
Asimismo, la Asociación Red de ONGD de Madrid queda sometida al control financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la fiscalización del Tribunal de Cuentas, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y cualesquiera otros
órganos competentes, debiendo facilitar cuanta información le sea requerida por aquellos.
Por último, también estarán todas ellas sometidas al régimen de infracciones y sanciones regulado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en tanto no se oponga a lo establecido en todo aquello relacionado con la subvención otorgada y la ejecución del proyecto previsto mediante el presente Convenio.
Novena
Confidencialidad y protección de datos personales
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la

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