C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231019-25)
Encomienda de gestión – Encomienda de 11 de octubre de 2023, de gestión de la Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de riesgos laborales
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BOCM
Pág. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 249
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
25
ENCOMIENDA de 11 de octubre de 2023, de gestión de la Dirección General de
Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de riesgos laborales.
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Pablo Cristóbal Mayoral, Director General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
De otra parte, la Ilma. Sra. D.a M.a José Esteban Raposo, Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
EXPONEN
El artículo tercero del Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, en el artículo 3.p) atribuye a la Dirección General de Emergencias la competencia de la planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención
de riesgos laborales del personal al servicio del Cuerpo de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias que sobre la
materia pudieran corresponder a otros órganos.
Por otra parte, la Dirección General de Función Pública dispone de una División de
Prevención de Riesgos Laborales, órgano técnico asesor en materia de prevención de riesgos laborales de la Administración de la Comunidad de Madrid, que dispone de personal
técnico, sanitario y administrativo para realizar determinadas actividades en materia de prevención de riesgos laborales además de un contrato de servicios, como unidad promotora
del mismo, en materia de reconocimientos médicos.
Careciendo las unidades administrativas de la Dirección General de Emergencias de
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 de personal suficiente para gestionar el conjunto de las funciones que tiene atribuidas por razón de la materia, en prevención de riesgos laborales, y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en
la gestión, las partes, en nombre de los órganos que representan y al amparo de lo establecido
en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
ACUERDAN
Primero
Se encomienda a la Dirección General de Función Pública, a través de su División de
Prevención de Riesgos Laborales, en relación con el personal al servicio del Cuerpo de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, dependientes de la
Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
la realización de las siguientes actividades en materia de prevención de riesgos laborales:
a) La realización de las evaluaciones de riesgos laborales, en virtud del artículo 16 de
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, tanto iniciales, como actualizaciones o revisiones, tanto para el Cuerpo de Bomberos como
para el Cuerpo de Agentes Forestales.
b) Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos, mediante la propuesta de la planificación de la actividad preventiva derivada de las evaluaciones referidas en el punto anterior, tanto para el Cuerpo de Bomberos como para el Cuerpo de Agentes Forestales.
c) La emisión de informes técnicos de asesoramiento sobre aspectos concretos relacionados con las condiciones de trabajo que puedan tener una influencia signifi-
BOCM-20231019-25
Objeto
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ENCOMIENDA de 11 de octubre de 2023, de gestión de la Dirección General de
Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en materia de prevención de riesgos laborales.
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Pablo Cristóbal Mayoral, Director General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
De otra parte, la Ilma. Sra. D.a M.a José Esteban Raposo, Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
EXPONEN
El artículo tercero del Decreto 217/2023, de 26 de julio, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112, en el artículo 3.p) atribuye a la Dirección General de Emergencias la competencia de la planificación, coordinación y gestión de las políticas en materia de prevención
de riesgos laborales del personal al servicio del Cuerpo de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias que sobre la
materia pudieran corresponder a otros órganos.
Por otra parte, la Dirección General de Función Pública dispone de una División de
Prevención de Riesgos Laborales, órgano técnico asesor en materia de prevención de riesgos laborales de la Administración de la Comunidad de Madrid, que dispone de personal
técnico, sanitario y administrativo para realizar determinadas actividades en materia de prevención de riesgos laborales además de un contrato de servicios, como unidad promotora
del mismo, en materia de reconocimientos médicos.
Careciendo las unidades administrativas de la Dirección General de Emergencias de
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 de personal suficiente para gestionar el conjunto de las funciones que tiene atribuidas por razón de la materia, en prevención de riesgos laborales, y en aplicación de los principios de simplificación, economía de costes y eficacia en
la gestión, las partes, en nombre de los órganos que representan y al amparo de lo establecido
en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
ACUERDAN
Primero
Se encomienda a la Dirección General de Función Pública, a través de su División de
Prevención de Riesgos Laborales, en relación con el personal al servicio del Cuerpo de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, dependientes de la
Dirección General de Emergencias de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112,
la realización de las siguientes actividades en materia de prevención de riesgos laborales:
a) La realización de las evaluaciones de riesgos laborales, en virtud del artículo 16 de
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, tanto iniciales, como actualizaciones o revisiones, tanto para el Cuerpo de Bomberos como
para el Cuerpo de Agentes Forestales.
b) Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos, mediante la propuesta de la planificación de la actividad preventiva derivada de las evaluaciones referidas en el punto anterior, tanto para el Cuerpo de Bomberos como para el Cuerpo de Agentes Forestales.
c) La emisión de informes técnicos de asesoramiento sobre aspectos concretos relacionados con las condiciones de trabajo que puedan tener una influencia signifi-
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