Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (BOCM-20231019-49)
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación
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BOCM

JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 249

— Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la presente
resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, sean publicadas en el “Boletín Oficial del
Estado”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas en el
tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
— Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo 83
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de
las Administraciones Públicas.
En virtud de dicha resolución y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, y con los artículos 32, 33 y 34 del Reglamento General de Carreteras
aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” número 228, de 23 de septiembre), se somete el mismo a Información Pública por un período de treinta días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (“Boletín Oficial del Estado”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un diario de gran circulación en dicha comunidad). Asimismo, se publicará en
el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Madrid y Coslada.
Durante el plazo indicado el proyecto de trazado y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Madrid (calle Josefa Valcárcel, número 11, 28027 Madrid), en el Ayuntamiento de Madrid, en
el Ayuntamiento de Coslada, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana ( https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica,
en el apartado de Proyectos no Normativos ), a fin de que cualquier persona física o jurídica
pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las alegaciones y /u observaciones que consideren oportunas.
Durante el señalado plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa sobre la necesidad de ocupación
de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación, podrán presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con el proyecto de trazado, para rectificar los
posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se indicarán los motivos por los
que se deba considerar preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en dicha relación, como más convenientes al fin que se
persigue, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954.
A continuación, se incluye la relación de bienes y derechos afectados en los términos
municipales de Madrid y Coslada:

BOCM-20231019-49

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID