D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231019-45)
Convenio –  Convenio de 28 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, para el desarrollo del Programa de Promoción de los Deportes de Nieve y Hielo y el Programa Madrid Comunidad Inclusiva 2023-2024
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 249

los participantes, valoración de resultados de torneos y pruebas y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el Programa.
Total convenio: 234.685 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que solamente en 2 modalidades va a realizarse actividad durante 2023: así, deberían realizarse sesiones con 24 centros educativos en la modalidad de esquí alpino en instalaciones cubiertas y con 8 centros educativos en la modalidad de patinaje sobre hielo antes del fin de 2023,
realizándose el resto de sesiones previstas en el convenio durante 2024, así como el Programa Madrid Comunidad Inclusiva. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario
de sesiones o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas
alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y
cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente
celebradas.
La aportación de la Comunidad de Madrid para el desempeño de las actividades relacionadas no se incluye en el total de la subvención nominativa que anualmente recibe la Federación Madrileña de Deportes de Invierno.
Cuarta
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2023, en todo caso antes del 21 de diciembre de 2023, y otra al concluir el programa en 2024, a la finalización del curso escolar,
respetando en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula tercera. La federación podrá opcionalmente presentar una justificación adicional cuando se haya realizado, aproximadamente, la mitad de la actividad correspondiente al período comprendido entre enero y junio de 2024. En cada justificación de gasto, la Federación
presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición del Programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca
supere el coste de la actividad.
Para la justificación de los técnicos podrá presentarse relación nominal, firmada por el
presidente, secretario general o gerente de la Federación, en la que se indique, diferenciando cada una de las sesiones: los centros escolares que hayan participado, el número de
alumnos participantes, la fecha de la sesión, el nombre de los técnicos que las hayan impartido y el coste efectivo individualizado de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, indicando finalmente el coste total de este concepto. No será necesario presentar justificación
del pago a los técnicos. Cuando en un mismo centro educativo exista más de una escuela
deportiva, se indicará tal circunstancia en la relación de sesiones.
Los gastos de coordinación, alquiler de material, forfait o alquiler de instalaciones, se
acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil. El IVA podrá computarse como gasto en el caso en
que se justifique la exención del mismo mediante el certificado correspondiente de la Agencia Tributaria.
En caso de que la coordinación del Programa la realicen trabajadores de la federación,
podrán presentarse las nóminas junto los documentos Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC) y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y un certificado del presidente,
secretario general o gerente en el que se señale qué porcentaje de su retribución corresponde a la actividad desarrollada para el Programa y, por tanto, se presenta para la justificación
del gasto del convenio, además de acreditar el pago de estas nóminas y de los documentos
RLC y RNT.
Finalmente, la Federación presentará un certificado, firmado por el presidente, en el
que se resuma toda la actividad realizada en cada uno de los apartados de la cláusula tercera, indicando el número total de sesiones, el número total de alumnos y el coste soportado
en cada caso.
Una vez computado el coste total de cada una de las actividades de las que se haya presentado justificación del gasto, se desglosará la parte que corresponde abonar a la Comuni-

BOCM-20231019-45

Justificación y pago