Fuenlabrada (BOCM-20231018-73)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 248

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de junta de gobierno local de 13 de octubre de 2023 (pto. 24) por
la que se aprueba el gasto y la convocatoria pública de subvenciones para el desarrollo de
proyectos de cooperación internacional/2023.
BDNS (IDENTIF.): 721384
De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

1. En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas
como tales e inscritas en el Registro de Asociaciones o Fundaciones de la Comunidad de
Madrid y/o en el Registro Nacional de Asociaciones o Fundaciones.
2. Estar inscrito en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo
adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID),
antes de la publicación de la convocatoria anual por parte del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La inscripción en este registro supone que las entidades son organizaciones privadas, legalmente constituidas en España, sin ánimo de lucro, con estatutos que indiquen que se dedican a la cooperación internacional para el desarrollo y que tienen una estructura suficiente
para trabajar en este campo.
3. Acreditar la experiencia y la capacidad operativas que resulten necesarias para el
logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
4. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias ante la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (OTAF), en la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (AEAT) y Seguridad Social, así como cumplir con los requisitos que la
Ley 38/2003 General de Subvenciones establece para la obtención de la condición de beneficiario (artículo 11 y 13).
5. Disponer de sede central o delegación en la Comunidad de Madrid, entendiendo
por delegación aquella que cuente con personal permanente de la organización, ya sea contratado o voluntario, y local fijo donde realizar sus actividades.
6. Disponer de un socio o contraparte local en el país donde se vaya a desarrollar el
Proyecto.
7. Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines y
poder acreditar la experiencia, capacidad financiera y operativa para lograr los objetivos
propuestos en cada proyecto o programa presentado.
8. No resultarán beneficiarios de las ayudas o subvenciones aquellas entidades que
se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento para
el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención
recibida del Ayuntamiento habiendo transcurrido el plazo para ello.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto financiar proyectos que fomenten la reducción de la pobreza, luchen contra las desigualdades sociales, la promoción del desarrollo humano sostenible, y la concienciación de los vecinos y vecinas en la necesidad y utilidad de colaborar con proyectos de Cooperación
Exterior del punto 4 del plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 del Ayuntamiento de
Fuenlabrada, siguiendo los objetivos marcados por la Agenda 2030.

BOCM-20231018-73

Primero. Beneficiarios.—Podrán concurrir a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las Organizaciones no Gubernamentales que cumplan los siguientes
requisitos: