D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231018-24)
Convenio –  Convenio de 3 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa Alcampo, S. A., para el patrocinio de la convocatoria autonómica del concurso escolar 2023-2024 Consumópolis 19 sobre consumo responsable, bajo el lema: “Súmate a la energía responsable”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023

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b) Hacer efectivos los derechos reconocidos por este convenio al Patrocinador.
c) Destinar las aportaciones del Patrocinador a las finalidades previstas.
d) Autorizar al Patrocinador el derecho al uso gratuito del logotipo de la Comunidad de Madrid en los elementos propios de la actividad patrocinada, respetando los derechos de imagen de la marca de la Comunidad de Madrid. Para ello,
se tendrán en cuenta las indicaciones del Manual de Identidad Corporativa
( http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM050052.pdf ) editado por la administración autonómica, así como el Decreto 103/1994, de 20 de octubre, por el que se
regula la utilización de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid
en marcas y signos distintivos de productos, mercancías y servicios.
e) Hacer uso de la marca del Patrocinador únicamente en los colores originales, no
pudiendo modificar la marca/logo y no haciendo uso de la misma para fines distintos a los mencionados en el presente acuerdo.
Cuarta
Financiación
El Patrocinador se obliga a soportar, a su exclusiva costa, los gastos y costes de todo
orden inherentes a esta colaboración, incluido el IVA aplicable soportado que pudiera derivarse de las prestaciones del mismo.
Asimismo, tal y como se ha hecho constar, el Patrocinador hará entrega al Patrocinado de 15 tabletas electrónicas valoradas en tres mil euros (3.000 euros) a razón de doscientos euros (200 euros) cada una de ellas.
Del presente convenio no se derivan derechos ni obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid.
Quinta

El Patrocinador y el Patrocinado deberán garantizar el carácter confidencial de toda información a que tengan acceso con ocasión del patrocinio, debiendo en consecuencia mantenerla reservada.
La documentación y la información confidencial que se desprenda o a la que tengan
acceso las partes con ocasión de la aplicación del convenio, no podrá ser objeto de reproducción total o parcial por ningún medio o soporte ni, por tanto, se podrá hacer un tratamiento o edición informática, ni transmisión a terceras personas fuera del estricto ámbito
de la ejecución del mismo.
En relación con los datos personales a los que tengan acceso con motivo de las actuaciones derivadas de este convenio, las partes se comprometen a cumplir con la legislación
vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

BOCM-20231018-24

Confidencialidad y protección de datos