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Convenio –  Convenio de 29 de septiembre de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Los Pinares para la Gestión de un Centro de Tratamiento de Adicciones (C. T. A.)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 248

La plantilla de los profesionales que prestarán el servicio objeto del convenio será la
siguiente:
PERSONAL, CATEGORIAS PROFESIONALES:
PSICOLOGIA CLINICA

1

TRABAJO SOCIAL

1

PSICOLOGIA SANITARIA

1

El personal de psicología clínica podrá ser permutado por personal médico especialista en psiquiatría siempre que se incluya entre sus funciones la realización de psicoterapia a
los pacientes asignados.
La Coordinación del Centro recaerá sobre un profesional con titulación de grado superior debiendo compatibilizar sus funciones con las propias de su profesión.
Sexta
Responsabilidad
El SERMAS no se hará responsable de los accidentes ni de los daños ocasionados a
personas o bienes por el personal adscrito a la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios
los Pinares, que estará cubierto por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil contratado por la propia Mancomunidad.
Séptima
Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y resolver cuantas dudas y discrepancias puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del mismo, se
constituirá una comisión mixta de seguimiento en los seis primeros meses desde la firma
del convenio, y estará integrada por dos representantes de cada una de las partes firmantes:
— Por parte del SERMAS:
d El titular de la Dirección General del SERMAS con competencia en materia de
asistencia en adicciones o persona en quien delegue.
d El titular de la Oficina Regional de Salud Mental o persona en quien delegue.
— Por parte de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios los Pinares:
d El titular del órgano de la Mancomunidad con competencia en materia de asistencia en adicciones o persona en quien delegue.
d El titular de la Concejalía con competencia en materia de asistencia en adicciones o persona en quien delegue.
Actuará como Presidente el Director General en representación del SERMAS, y como
persona titular de la secretaría un empleado público del órgano con competencia en materia de asistencia en adicciones del SERMAS, nombrado por su titular, que asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.
En caso de ausencia de la persona titular de la secretaría, ésta será suplida por un
miembro de la comisión, que conservará todos sus derechos como tal.
Podrán ser convocados a las reuniones de las sesiones de la comisión asesores técnicos o profesionales para informar a la comisión de los asuntos que se les requiera.
La comisión mixta se reunirá en sesión ordinaria una vez al semestre y, con carácter
extraordinario cuando lo solicite cualquiera de las partes del convenio, comunicando previamente los asuntos a tratar.
Serán funciones de la comisión mixta de seguimiento:
— Realizar el seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del convenio.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan respecto a la interpretación y aplicación del convenio.
— El desarrollo, control y supervisión de las actuaciones concretas que se realicen al
amparo del mismo.
— Elevar a las partes, en las reuniones de las sesiones ordinarias de la comisión, un
informe de seguimiento del convenio.

BOCM-20231018-36

Comisión mixta de seguimiento