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Bien de interés cultural –  Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, de la iglesia parroquial de San Salvador en Leganés
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 18 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 209

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural, por la que se incoa el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, de la iglesia
parroquial de San Salvador en Leganés.

Con base en el informe recabado por el Área de Catalogación de Bienes Culturales de
la Subdirección General de Patrimonio Histórico; de conformidad con lo establecido en los
artículos 4, 12, 18 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid; visto que la iglesia parroquial de San Salvador en Leganés
es considerada un ejemplo relevante de la arquitectura madrileña de los siglos XVI y XVII,
muestra de la tendencia tardogótica y del clasicismo ornamentado, en la que intervinieron
numerosos maestros de obras madrileños; en virtud de las competencias establecidas en el
artículo 7.2.b) del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de octubre de 2021),
RESUELVO
Primero
Incoar el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de
Monumento, de la iglesia parroquial de San Salvador en Leganés, cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el Anexo adjunto.
Segundo
Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Leganés y Obispado de Getafe, y que se solicite informe a la
Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que, de conformidad con el artículo 20.3
de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, de
no ser emitido en el plazo de dos meses desde su petición, se entenderá en sentido favorable a la declaración.
Tercero
Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural (calle
Arenal, n.o 18, 28013 de Madrid) y presentar las alegaciones que estimen oportuno.
Cuarto

Quinto
Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la
Comunidad de Madrid, con indicación del plazo máximo para resolver.
Sexto
Ordenar que la presente Resolución se comunique al Ministerio de Cultura y Deporte,
para su inscripción en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, y se proceda a su

BOCM-20231018-51

Asimismo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación se deberá dar audiencia
al Consejo Regional de Patrimonio Cultural.